Es crucial que los entes públicos dispongan de bases suficientes que permitan asegurar que la información financiera, programática y presupuestal que emiten, como resultado de su gestión, deriva de mecanismos transparentes y legales aplicables, mismos que aportan confiabilidad en las cifras informadas en la cuenta de la hacienda pública de los tres niveles de gobierno.
El contenido de las etapas del presupuesto está previsto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en el acuerdo por el que se emiten las normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos, emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac). Asimismo, es importante identificar la lógica administrativa en cada momento de la gestión del presupuesto de egresos.
Las normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos señalan (en su numeral VI) que el registro del presupuesto de los entes públicos se efectuará en las cuentas contables que, para tal efecto, establezca el consejo; éstas deberán reflejar en lo relativo al gasto, el aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado.
El presupuesto de egresos representa los recursos que los entes públicos destinan para realizar las funciones para los que fueron creados; por ejemplo, en el capítulo 4000, Ayudas, subsidios y transferencias, para la consideración de los recursos que requieren los programas de desarrollo social, debido a que en el anteproyecto y el decreto del presupuesto de egresos son muchos apartados y conceptos.
En tal contexto, se encuentran aquellos que fueron establecidos para cubrir la necesidad de un sector de la sociedad, la que muchas veces se responde con una política pública que es detonada en un programa social, mismo que debe estar alineado al plan nacional de desarrollo del Gobierno; por ejemplo, las becas Jóvenes Construyendo el futuro, Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, entre otros, que requieren de la determinación del número de beneficiarios.
En el cálculo del número de prospectos beneficiarios del programa, existe un sinfín de aspectos a considerar; principalmente, índices de marginalidad, reglas de operación, sectorización, población a beneficiar, entre otros; esto de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), pues son datos que se deben integrar (documentalmente) para sustentar el anteproyecto del presupuesto.
En este proceso de la gestión pública, es importante contar con mecanismos que aseguren las etapas de programación, presupuestación, integración y autorización del presupuesto; asimismo, que se ajuste a la normatividad aplicable y que la cifra presupuestada esté plenamente documentada, toda vez que refleja las cifras incluidas en el presupuesto de egresos.
En esta etapa, el registro representa la necesidad de realizar adecuaciones presupuestarias para hacer posible el ejercicio del presupuesto. Es importante el establecimiento de mecanismos que aseguren que el origen y destino de los recursos, materia de las afectaciones presupuestarias, se justifiquen y autoricen; asimismo, que se orienten al cumplimiento de metas y objetivos institucionales, en tiempo y forma, de acuerdo con las normas aplicables.
Representa la justificación de ejercer el presupuesto. Por ejemplo, el proceso licitatorio que culmina con la contratación de bienes y servicios; dicho proceso debe sujetarse a las etapas del procedimiento de adquisición, las cuales deben estar fundadas, motivadas, así como contar con la documentación soporte correspondiente.
Es importante contar con mecanismos que aseguren que los procesos de contratación (para la adquisición de bienes y servicios) estén justificados y comprobados con el requerimiento o solicitud correspondiente, autorizados y comunicados correcta y oportunamente a las unidades administrativas requirentes.
Este momento de la gestión del presupuesto representa la recepción física de bienes y servicios, soportada con la entrada al almacén y documentos que comprueban la recepción de dichos recursos. Es necesario asegurar que se cuenta con mecanismos que comprueban la recepción de bienes y servicios adquiridos, esto conforme a las condiciones contratadas en precio, calidad y oportunidad; lo anterior, en cumplimiento de los instrumentos jurídicos formalizados y de acuerdo con la normatividad aplicable.
Este momento del gasto se refiere a la emisión de la obligación de pago, soportada con las facturas correspondientes u otro documento que lo haga exigible; para ello, es importante contar con mecanismos de control que aseguren la expedición y el resguardo de la documentación justificativa (contratos, convenios y otros que justificaron el registro del presupuesto comprometido); así como documentos comprobatorios (facturas) de las operaciones que respaldan la cuenta por liquidar certificada u otro instrumento de pago; asimismo, que dichos registros reúnan los requisitos establecidos en la normatividad aplicable.
Esta parte se refiere a finiquitar el compromiso. Es importante precisar la existencia de mecanismos que aseguren que las obligaciones se hayan extinguido mediante el pago; asimismo, que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de la normatividad aplicable y de los instrumentos que dieron origen a la obligación.
Los mecanismos de control en el gasto público transparentan el proceso del ejercicio del presupuesto y facilitan su fiscalización. En este contexto, los momentos contables reflejan la evolución del presupuesto, desde su aprobación hasta su pago final. Las adecuaciones necesarias permiten cumplir con los compromisos legales para la adquisición de bienes y servicios, asegurando que los entes públicos cumplan sus objetivos y metas institucionales.
Una vez recibidos los recursos, se asume la responsabilidad de realizar las gestiones necesarias para cubrir el pago por los compromisos asumidos; también, se aportan mayores y mejores elementos para coadyuvar a que, cada vez, se cuente con información más clara y transparente sobre el ejercicio del gasto público.
Las instituciones deben sujetarse a las reglas elementales de la clasificación de los momentos contables del egreso, así como documentar cada uno de estos; asimismo, dicha evidencia debe ponerse a disposición de la ciudadanía (de acuerdo con lo establecido en las obligaciones de transparencia y acceso a la información). Conforme lleven a cabo lo anterior, contribuirán a la rendición de cuentas del ejercicio en el gasto público.
Bajo ciertas circunstancias, hay autoridades específicas que están facultadas para solicitar información confidencial amparada por el secreto bancario.
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