l Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera emitió, para su proceso de auscultación, el Proyecto de Mejoras a las Normas de Información Financiera (NIF) 2023.
Estas mejoras se clasifican en Sección I y Sección II. De acuerdo con la NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores, la primera corresponde a las modificaciones contables en materia de valuación, presentación o revelación en los estados financieros de las entidades; la segunda, por otro lado, alude a precisiones en las NIF que ayudan a establecer un planteamiento normativo más claro y comprensible pero que no conllevan cambios contables en dichos estados.
Para efectos de esta columna, nos enfocaremos en la Sección II, la cual se refiere a la emisión de la nueva NIF A-1, Estructura de las NIF, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023 y que generó la necesidad de llevar a cabo los llamados cambios consecuenciales en índices, títulos, párrafos, referencias o pies de página de las normas particulares (NIF de las series B, C, D y F). En específico, en aspectos como:
Terminología para mantener consistencia con el nuevo Marco Conceptual (MC).
Referencias a las nuevas características cualitativas.
Referencias a las diferentes bases de valuación, ajustándolas de acuerdo con la nueva clasificación.
Homologación de las descripciones de los postulados básicos y de los distintos elementos de los estados financieros.
Referencias al MC en las normas particulares.
Adicional a lo anterior, y con relación al nuevo MC, se propone:
Si bien las mejoras mencionadas no generan cambios contables, es un paquete de modificaciones muy importante, puesto que darán consistencia a las normas particulares en relación con el nuevo MC cuando éste entre en vigor.
El periodo de auscultación de estas mejoras termina el 20 de septiembre del presente año y la información se encuentra en www.cinif.org.mx ![]()
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