Jornada laboral: aprobación, efecto y afectación

Tras la posible reducción de la jornada de trabajo, los patrones deben analizar y evaluar los efectos y afectaciones en cuestión de costos de su plantilla laboral.

Jornada laboral: aprobación, efecto y afectación


Seguridad social 19 de julio de 2023

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), al mes de abril de 2023 en México se contaba una planta laboral de 58.9 millones de personas y que, de acuerdo con el artículo 123.° de la Constitución, la jornada máxima que deben laborar los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y, en general, todo contrato de trabajo debe tener una duración máxima de ocho horas por día y con al menos un día de descanso.

En este mismo estudio, el Inegi establece que el 24.1% de la planta laboral tiene una jornada de trabajo superior a las 48 horas.

Población ocupada según condición

Características de la ocupación según condición Abril Diferencia 2023-2022 Abril Diferencia 2023-2022
2022 ENOEN 2023 ENOE 2022 ENOEN 2023 ENOE
Absolutos Relativos

Sector de actividad económica

57,663,864

58,906,115

1,242,251

100.0

100.0

Primario

6,731,039

6,926,124

195,085

11.7

11.8

0.1

Agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca

6,731,039

6,926,124

195,085

11.7

11.8

0.1

Secundario

14,387,695

14,360,102

-27,593

25.0

24.4

-0.06

Industria extractiva y de la electricidad

426,754

386,319

-40,435

0.7

0.7

-0.1

Industria manufacturera

9,487,711

9,612,280

124,569

16.5

16.3

-0.1

Construcción

4,473,230

4,361,503

-111,727

7.8

7.4

-0.4

Terciario

36,192,922

37,284,380

1,091,458

62.8

63.3

0.5

Comercio

11,240,065

11,557,496

317,431

19.5

19.6

0.1

Restaurantes y servicios de alojamiento

4,732,982

4,807,791

74,809

8.2

8.2

0.0

Transportes, comunicaciones, correo y almacenamiento

2,927,543

3,052,376

124,833

5.1

5.2

0.1

Servicios profesionales, financieros y corporativos

4,366,454

4,455,669

89,215

7.6

7.6

0.0

Servicios sociales

4,698,400

4,811,849

113,449

8.1

8.2

0.0

Servicios diversos

5,790,162

6,150,715

360,553

10.0

10.4

0.4

Gobierno y organismos internacionales

2,437,316

2,448,484

11,168

4.2

4.2

-0.1

No especificado

352,208

335,509

-16,699

0.6

0.6

0.0

Duración de la jornada de trabajo

57,663,864

58,906,115

1,242,251

100.0

100.0

Ausentes temporales con vínculo laboral

2,348,214

2,877,033

528,819

4.1

4.9

0.8

Menos de 15 horas

3,707,134

4,063,418

356,284

6.4

6.9

0.5

De 15 a 34 horas

11,972,717

11,932,572

-40,145

20.8

20.3

-0.5

De 35 a 48 horas

24,428,706

25,232,372

803,666

42.4

42.8

0.5

Más de 48 horas

14,736,634

14,192,708

-543,926

25.6

24.1

-1.5

No especificado

470,459

608,012

137,553

0.8

1.0

0.2

Fuente: Inegi, Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE).
*Nueva Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOEN).

Tal y como se indicó en la Ley Federal de Trabajo (LFT), se establece que la jornada de trabajo debe ser de ocho horas diarias por un día de descanso. En el ámbito mundial, México se posiciona como uno de los países en los cuales se tiene una jornada laboral más larga, ya que, de acuerdo con la OCDE, se laboran en promedio 2,137 horas al año (alrededor de 41 horas a la semana).

Comparando con algunos países de América, se tiene que en Costa Rica se laboran en promedio 2,060 horas al año y en Chile 1,914. En países europeos se tienen jornadas más reducidas, por ejemplo, en Dinamarca, Noruega y Alemania son 1,380, 1,384 y 1,386 horas al año, respectivamente.

De acuerdo con un comunicado de prensa de la OMS y la OTI, el exceso de trabajo trae como consecuencia el aumento en los trabajadores de alguna enfermedad cardiaca o accidentes cerebrovasculares. En dicho estudio se concluye que trabajar 55 horas o más a la semana puede aumentar hasta en un 35% el riesgo de presentar un accidente cerebrovascular, así como aumenta en un 17% el riesgo de fallecer a causa de una cardiopatía isquémica con respecto a una jornada laboral de 35 a 40 horas a la semana.

De acuerdo con su actividad, los patrones tendrán que analizar su plantilla laboral y evaluar que si con ésta pueden desarrollar sus actividades de manera normal sin afectar la producción o servicio a otorgar.

Por lo referido, se ha cuestionado si la jornada laboral está de acuerdo con los estándares internacionales; por lo que, se han propuesto más de 10 iniciativas sobre este punto en el Congreso de la Unión con la finalidad de reducir la jornada laboral. La última propuesta que se presentó (y que fue aprobada por la Comisión de Puntos Constitucionales) establece que se reduce la jornada laboral a 40 horas a la semana por dos días de descanso. El boletín No. 4316 indica:

En sus consideraciones, el dictamen refiere que la iniciativa fue presentada por la diputada Susana Prieto Terrazas (Morena) y propone que por cada cinco días de trabajo, el operario disfrute de dos días de asueto, cuando menos; cuyo propósito es mantener la salud física y mental de las y los trabajadores, propiciar un equilibrio en la relación de tiempo de trabajo y el descanso que se refleje en el ámbito familiar, fisiológico, social, educativo y cultural de la persona.

Esta propuesta no prosperó en el pleno de la Cámara de Diputados y se difirió para el siguiente periodo de sesiones, por lo que, en el siguiente periodo que inicia el 1.° de septiembre de 2023 se someterá al pleno.

Efecto y afectación

A continuación, el posible efecto y la afectación de aprobarse esta iniciativa en el siguiente periodo de sesiones del Congreso:

  1. Se tendría que revisar la operación de cada empresa y ver su efecto, pues en algunos casos se tendrá que contratar personal adicional con el consiguiente incremento en el costo laboral (toda vez que se debe invertir en la contratación y capacitación de personal de nuevo ingreso).
  2. En el caso de que la empresa decida que se mantiene la misma planta laboral, estas empresas estarían haciendo el pago de horas extras con el consiguiente incremento en el costo laboral, incluyendo los costos asociados al pago de horas dobles o triples (según sea el caso).
  3. Por último, si las organizaciones deciden hacer una reestructura en los procesos productivos para, en su caso, mantener la misma plantilla, este punto puede ser más costoso para las empresas, ya que, involucra un gasto inicial para el análisis y reestructuración de los departamentos involucrados y las personas; al final se puede concluir que se deba incrementar la plantilla.
El Inegi indica que actualmente el 24.1% de la planta laboral en México tiene una jornada de trabajo superior a las 48 horas semanales.

Afectación en materia de seguridad social

En la medida en que se incremente la plantilla de personal de las empresas o personas físicas, éstas verán incrementado el gasto por cuotas patronales ante el IMSS, Infonavit, así como el pago de Impuesto Sobre Nóminas.

Por lo que, de aprobarse esta propuesta, también se estarían haciendo modificaciones a las leyes secundarias, por ejemplo, a la LFT, puesto que actualmente se establece en el artículo 71.° que “se procurara que el día de descanso sea domingo” y en el artículo 72.° se indica que “quienes trabajen en domingo tendrán derecho al pago de un 25% sobre el salario devengado”. Entonces, se tendría que modificar dicho artículo para establecer que quienes trabajen los días sábados y domingos tendrían derecho al pago de un 25% sobre el salario devengado.

Asimismo, se tienen los días de descanso obligatorios que por la LFT se deben pagar doble y, como hasta ahora, si se tiene que laborar en un día de descanso obligatorio, los patrones están obligados al pago doble y, una vez que se apruebe esta iniciativa, se tendrán dos días de descanso obligatorio (sábado y domingo) y esto llevaría a las empresas a incurrir en mayores costos; por lo que, al tener los patrones mayores costos de personal, se verán repercutidos en un incremento en los bienes y servicios.

Por otra parte, los patrones no podrán reducir el salario a los trabajadores (en caso de aprobarse la iniciativa), pues la LFT prevé en la fracción IV del artículo 51.° que, en caso de que el patrón reduzca el salario, el trabajador podrá separarse de su puesto con la responsabilidad del patrón de indemnizarlo en los términos de la LFT.

De acuerdo con la OMS y la OTI, el exceso de trabajo trae como consecuencia el aumento de alguna enfermedad cardiaca o accidentes cerebrovasculares en los trabajadores.

Actualmente, se establece en el artículo 1000.° de la LFT que los patrones que no cumplan con las disposiciones en materia de normas relativas a la remuneración de los trabajos, duración de la jornada y descansos contenidas en un contrato ley o en un contrato colectivo de trabajo, son acreedores a una multa que va de 250 a 5000 UMAS (el valor de la UMA es de 103.74 pesos), es decir, de 25,935 a 518,700 pesos. De aprobarse esta reforma y no dar cumplimiento tal y como se indica, la autoridad puede imponer esta sanción por cada trabajador.

Para los trabajadores no tendrá ninguna afectación la determinación de las semanas cotizadas ante el IMSS, ya que, no se tiene contemplada ninguna modificación para este efecto.

Conclusiones

De acuerdo con su actividad, industria o sector, los patrones tendrán que hacer un análisis de su plantilla laboral y evaluar si con ésta pueden desarrollar sus actividades de manera normal sin afectar la producción o servicio a otorgar, así como el efecto financiero que tendrán por el incremento en sus costos en caso de que mantengan el mismo número de trabajadores, pero paguen horas extras o incrementen la plantilla. El hecho de que se tenga un incremento en costos tendrá efecto en el valor de los bienes o servicios que ofrezcan los patrones.


Referencias

  • Inegi, 2023, Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), población de 15 años y más de edad, 2023, de Inegi: https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/#Tabulados
  • OCEDE, 2019, Horas trabajadas, 2023, de OCDE: https://www.oecd.org/espanol/estadisticas/horas-trabajadas.htm
  • Organización Mundial de la Salud, 2021, La OMS y la OIT alertan de que las jornadas de trabajo prolongadas aumentan las defunciones por cardiopatía isquémica o por accidentes cerebrovasculares, 2023, de Organización Mundial de la Salud: https://www.who.int/es/news/item/17-05-2021-long-working-hours-increasing-deaths-from-heart-disease-and-stroke-who-ilo#:~:text=El%20estudio%20concluye%20que%20trabajar,40%20horas%20a%20la%20semana
  • Cámara de Diputados, 2023, Validó Comisión de Puntos Constitucionales modificar la Carta Magna, en materia de días de descanso laboral, 2023, de Cámara de diputados: https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/boletines/valido-comision-de-puntos-constitucionales-modificar-la-carta-magna-en-materia-de-dias-de-descanso-laboral


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