Si se realizan las actividades definidas en la ley, debe entenderse que esta no sanciona su ejecución, sino que establece una serie de obligaciones cuyo posible incumplimiento puede dar lugar a las sanciones correspondientes.
Sin embargo, si el empresario que se encuentra en esos supuestos legales convierte la obligación legal en un escudo estratégico, podrá proteger la continuidad operativa, la reputación y la capacidad de crecimiento del negocio, haciendo que sea una entidad económica de cualquier tamaño operando de forma transparente y cumpliendo sus obligaciones específicas en el tema.
Ahora bien, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) establece umbrales, actividades vulnerables y lineamientos específicos. Un escudo protector es mucho más que sólo un enfoque preventivo de cumplimiento básico, pues hay que ser conscientes de que subestimar, omitir e incumplir voluntariamente las obligaciones en materia de PLD es asumir un riesgo innecesario.
Para un control exitoso, se valoran mecanismos internos de monitoreo, capacitación constante y trazabilidad documental, sin omitir la permanente supervisión de dicho monitoreo. Aplicando la teoría a un ejemplo, la trazabilidad en pagos, la identificación del beneficiario final y la conservación de evidencia documental no son trámites formales, ya que constituyen el primer frente ante eventuales revisiones o bloqueos.
Sin pensar en caer en una omisión deliberada, muchas empresas podrían estar operando en zonas grises, ya sea por desconocimiento o por exceso de confianza, al mantener actividades habituales como las siguientes:
Estos ejemplos no siempre exponen a la empresa a sanciones inmediatas, pero construyen un perfil de riesgo que, a la larga, puede comprometer oportunidades de financiamiento clave, dañar la imagen reputacional, afectar las relaciones con proveedores e, incluso, ser impedimento para obtener contratos con el sector privado y público, generando un estigma que puede ser permanente. Ahora bien, las operaciones realizadas con clientes nuevos, intermediarios o contrapartes extranjeras deben ser objeto de un particular escrutinio.
El análisis operativo enfocado en la protección de operaciones de manera integral, y no sólo en el mínimo cumplimiento, permitirá la identificación de los riesgos propios del giro y del tipo de clientes. A continuación, se presentan algunas recomendaciones clave, sin que su alcance se limite a lo señalado:
Estas prácticas fortalecen la integridad empresarial, además de que logran la percepción basada en la mitigación de riesgos ante bancos, clientes institucionales y posibles inversionistas.
Para una empresa con operaciones regulares de compra o venta con entidades de otros países, es indispensable adoptar estándares de prevención semejantes a los exigidos en esos países, tales como la identificación del cliente, política KYC (conocimiento del socio comercial) y el archivo electrónico de comprobantes de la operación.
Dado el reforzamiento de convenios bilaterales y la presión internacional contra delitos financieros, el Gobierno de México ha intensificado la cooperación con agencias de todos los países, aplicando el estricto cumplimiento de dichas disposiciones.
Para el empresario, al tratarse de una nueva normatividad para desempeñar su actividad económica, esto se traduce en mayores solicitudes de información, procesos compartidos de verificación y, en algunos casos, congelamiento de cuentas por vínculos indirectos.
La PLD no debe atenderse como una obligación legal, sino como un componente clave de la gestión del riesgo operativo, fiscal y reputacional. Las empresas que incorporan una cultura de cumplimiento proactivo no sólo evitan sanciones, sino que también protegen y consolidan su viabilidad futura, abren puertas a nuevos mercados y construyen confianza en su ámbito comercial, convirtiéndose en repelentes para actividades ilícitas.
Cuidar la normatividad vigente no es una carga, sino una inversión en seguridad, transparencia y profesionalismo que eleva el valor estratégico del negocio ante un entorno cada vez más exigente.
La auditoría de estrés permite detectar fallas tecnológicas y operativas que podrían comprometer el cumplimiento en materia de PLD y FT en las empresas.
Alejandro Méndez RuedaEl compliance tributario 2026 representa un modelo integral de gestión del riesgo fiscal basado en evidencias, control interno y gobernanza corporativa.
Francisco Javier Reyes JiménezUna empresa debe invertir tiempo en descifrar los impactos directos e indirectos que pueden representar un riesgo para el cumplimiento de sus objetivos.
Stefani Ivonne Ferreira RuízEl incumplimiento de las obligaciones dispuestas en el artículo 18.° de la Ley Antilavado conlleva multas que van desde 200 hasta 65,000 UMA.
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