Integrante, Comisión T. Fiscal Internacional
Socio en Calderón González y Asociados, S.C.
Primer abogado certificado como perito en materia de Precios de Transferencia por el Colegio de Economistas y la Secretaría de Educación Pública; cuenta con estudios de especialización en Derecho Fiscal por la UNAM. Asimismo, cursó estudios de introducción al sistema jurídico anglosajón en la Universidad de Florida, Estados Unidos. Obtuvo el Diploma de Estudios Avanzados en el Posgrado de Derecho Tributario de la Universidad de Salamanca, España, donde realizó un doctorado en Derecho Tributario.
Socio director de Calderón, González y Asociados, S.C., firma especializada en materia fiscal y de precios de transferencia, miembro activo de la comisión Fiscal Internacional del Colegio de Contadores Públicos de México y del comité de Precios de Transferencia del Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Asimismo, se desempeña como secretario académico de la Asociación Iberoamericana de Especialistas en Precios de Transferencia.
Profesor del Diplomado en Tributación Internacional del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara y de la Especialidad en Derecho Tributario Internacional de la Universidad IBERO. Ha sido profesor de Derecho Fiscal Internacional en la Maestría de Derecho Corporativo de la Universidad Anáhuac, así como docente en el Instituto Politécnico Nacional y en el Colegio de Contadores Públicos de México y autor del libro La Norma General Anti-elusión del Artículo 5-A del Código Fiscal de la Federación. Su interpretación a partir de su naturaleza.
Las sentencias del TJUE coadyuvan en la consolidación del beneficiario efectivo como criterio sustancial en la aplicabilidad de convenios de doble imposición.
El beneficiario efectivo se ha convertido en una herramienta clave para combatir el abuso de convenios para evitar la doble tributación entre los Estados.
La sede de dirección efectiva sigue siendo un criterio crucial para resolver conflictos de doble residencia y evitar prácticas de elusión fiscal.
El Relevant Economic Activities Test configura una herramienta para abordar el “abuso de tratado”, pues demuestra la razonabilidad comercial de actos llevados a cabo por los contribuyentes.
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