Para cumplir con este objetivo, la norma define un conjunto de criterios cualitativos y cuantitativos que determinan qué segmentos de operación deben ser reportados de manera específica en los estados financieros.
Previo a la aplicación de los criterios de reporte, la norma define qué constituye un segmento de operación. De acuerdo con la IFRS 8, se trata del componente de una entidad que cumple tres características.
La IFRS 8 establece los criterios cualitativos que permiten agregar dos o más segmentos de operación en un solo segmento reportable. Esta agregación es permitida únicamente cuando se cumplen tres condiciones:
Los cinco aspectos en los que los segmentos deben ser similares son la naturaleza de los productos y servicios; la naturaleza de los procesos de producción; el tipo o clase de cliente para sus productos y servicios; los métodos utilizados para distribuir sus productos o prestar sus servicios; y, cuando sea aplicable, la naturaleza del entorno regulatorio (banca, seguros o servicios públicos).
Con base en el principio de la norma, una entidad debe revelar los juicios realizados por la administración al aplicar estos criterios de agregación, incluyendo una breve descripción de los segmentos de operación que han sido agregados y los indicadores económicos que se evaluaron para determinar que comparten características económicas similares.
Están compuestos por tres umbrales, correspondientes a ingresos, utilidad o pérdida y activos:
En una entidad que tiene cuatro segmentos operativos, y donde se identifican sus totales en ingresos, activos y utilidad o pérdida, se identifica cuáles cumplen con los umbrales establecidos (se señalan los segmentos sujetos a informar).
| Segmentos | Ingresos | Activos | Resultados |
| Segmento A | 16,000← | 12,500← | 500← |
| Segmento B | 2,000 | 1,500 | (30) |
| Segmento C | 1,500 | 2,000← | 100← |
| Segmento D | 2,500← | 3,000← | (200)← |
| Totales | 22,000 | 19,000 | 370 |
| Totales x 10% | 22,000 x 10% = 2,200 |
19,000 x 10% = 1,900 | (SegA + SegC) x 10% = 60 (El mayor) |
| (SegB + SegD) x 10% = (23) | |||
La IFRS 8 establece una regla de cobertura adicional. Si los ingresos externos totales reportados por los segmentos que cumplen los umbrales cuantitativos constituyen menos del 75% de los ingresos totales de la entidad, deben identificarse segmentos reportables adicionales, incluso si no cumplen individualmente los criterios del 10%, hasta alcanzar al menos el 75% de cobertura.
Lo anterior se refleja con el siguiente ejemplo, donde una entidad (controladora) obtuvo ingresos por sus actividades ordinarias por un millón de pesos:
| Segmentos | Ingresos | Activos | Resultados |
| Segmento A | 300,000← | 500,000← | 50,000← |
| Segmento B | 200,000← | 700,000← | (100,000)← |
| Segmento C | 125,000← | 400,000← | 150,000← |
| Segmento D | 55,000 | 300,000← | (200,000)← |
| Segmento E | 70,000 | 200,000 | 100,000← |
| Totales | 750,000 | 2,100,000 | 200,000 |
| 75,000 | 210,000 | 50,000 (El mayor) | |
| (30,000) | |||
Ingresos de la entidad económica: $1,000,000
1,000,000 x 75% = 750,000
Ingresos de los segmentos informados:
SegA + SegB + SegC
300,000 + 200,000 + 125,000 = 625,000
No se cumple la regla del 75% debido a que los ingresos de los segmentos informados (625,000) no igualan o superan los de la entidad económica (750,000):
625,000 < 750,000
Por lo anterior, se deberán asignar segmentos adicionales que, si bien no cumplieron con el umbral del 10%, deben incluirse para cumplir con esta regla (incluso si no cumplen las condiciones del párrafo 13 de la IFRS 8).
Ingresos de los segmentos informados + SegD + SegE
625,000 + 55,000 + 70,000 = 750,000
La IFRS 8 establece un marco integral de criterios cualitativos y cuantitativos para identificar los segmentos de operación sujetos a informar. Los criterios cualitativos, aplicables tanto a la agregación inicial de segmentos como a la determinación de segmentos adicionales a reportar, requieren juicio profesional y análisis de las características subyacentes de las operaciones. Ahora bien, los criterios cuantitativos, basados en umbrales del 10% para ingresos, utilidad o pérdida y activos, proporcionan una base objetiva y verificable para la identificación de segmentos reportables.
La combinación de ambos tipos de criterios, junto con la regla de cobertura del 75%, las disposiciones de continuidad y el reconocimiento de un límite práctico, busca asegurar que la información por segmentos sea relevante, completa y útil para los usuarios, sin volverse excesivamente detallada o difícil de analizar.
Esta norma muestra uno de los requisitos principales para las empresas públicas, ya que, además de brindar información de la entidad, permite tener una comparativa de mercado entre participantes que tengan giros similares.
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