Por tal motivo, la ética es considerada como una actividad consciente de los seres humanos que les permite ejercerla libre y responsablemente, esto en búsqueda de que los individuos se hagan responsables de sus actos, derivado de la libertad con la que realizan sus actos y las consecuencias o prestigio que de ello emana. Es aquí donde la contaduría contempla a la ética como eje rector en el ejercicio profesional del contador público para lograr en él un comportamiento aceptable, cuidando siempre su prestigio y el de su gremio.
No hay que olvidar que la contaduría pública es una de las profesiones mejor organizadas en México, con 118 años de historia y transformación, reconociendo como precursor a Fernando Diez Barroso, el primer contador titulado en el país; asimismo, la Asociación de Contadores Titulados en 1917 fue la primera asociación gremial de los profesionales contables, precedente del actual Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
Desde la creación de la Asociación de Contadores Titulados, que en 1923 cambió su nombre a Instituto de Contadores Públicos Titulados de México, la profesión comenzó a adoptar la ética como eje rector, es decir, las normas profesionales mínimas que debían observar los profesionales que ejercieran su labor; fue así como se creó el primer Reglamento de Ética Profesional en 1925, el cual constaba de 22 artículos.
Pasados 30 años, en 1955, el IMCP actualizó el citado reglamento con el objetivo de agruparlo en capítulos y ampliarlo a 31 artículos (en seis capítulos) bajo el alcance de la práctica del contador público y la realidad de los negocios de aquel entonces:
| Capítulo I | Alcance e interpretación |
| Capítulo II | Relaciones con el público en general |
| Capítulo III | Relaciones con la clientela |
| Capítulo IV | Relaciones entre contadores |
| Capítulo V | Relación con la profesión |
| Capítulo VI | Sanciones |
Es importante resaltar que, desde sus inicios, el reglamento incluía un apartado de sanciones para aquellos contadores agremiados que pusieran en riesgo la confianza y el buen nombre de la profesión frente a la sociedad, lo que hoy conocemos como la responsabilidad de servir al interés público.
Es hasta 1968 cuando el reglamento se transforma en la primera edición del Código de Ética Profesional, un hito para el gremio contable mexicano, ya que permitió adoptarlo como una disposición fundamental para todos los profesionales afiliados al IMCP y mantener un alto nivel basado en la confianza, honestidad, disciplina e integridad en el cumplimiento estricto de su labor profesional. Este código estaba agrupado en seis capítulos, con 46 artículos; además, se renombraron los capítulos IV y V, retomando la base del reglamento de 1955, quedando como: “Relaciones entre contadores públicos y con otros profesionales” y “Publicidad”, respectivamente.
En 1976 el código es actualizado para publicar su segunda edición, la cual planteaba 12 postulados, con un total de 47 artículos, además de contar con una reestructura capitular:
| Capítulo I | Normas generales |
| Capítulo II | Del contador público como profesional independiente |
| Capítulo III | Del contador público como profesional dependiente |
| Capítulo IV | Del contador público en la enseñanza |
| Capítulo V | Sanciones |
Para 1979 se tomó la decisión de modificar el nombre de los capítulos III y IV del código, para quedar como: “Del contador público en los sectores público y privado” y “Del contador público en la docencia”, respectivamente. De esta forma, entra en vigor su tercera edición con 56 artículos; cabe resaltar que es la versión que más tiempo de vigencia ha alcanzado, pues fue modificada hasta 1999 en su cuarta edición, tras 20 años.
Con el objetivo de que la profesión contable en México se posicionara frente a los requerimientos del mercado internacional, el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del IMCP determinó la adopción de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), emitidas por el International Federation of Accountants (IFAC), para los trabajos que iniciaran a partir del 1.º de enero de 2012. Como consecuencia, el Código de Ética Profesional fue modificado para adaptar su estructura y contenido a las tendencias y necesidades nacionales e internacionales que enfrentaba el contador público, así como para converger con el Código Internacional de Ética para Contadores Profesionales del International Ethics Standards Board for Accountants (IESBA).
Ahora bien, es a partir de agosto de 2012, cuando se publica la novena edición del código, la cual se integraba de cinco apartados que daban apertura con los principios fundamentales que describen su alcance y cumplimiento; asimismo, adoptaba tres figuras sustantivas como los principios fundamentales, las amenazas y las salvaguardas.
Para mantener la convergencia entre ambos códigos, en 2024 se publicó la primera edición del nuevo Código de Ética Profesional, el cual tenía el objetivo de converger con la edición 2022 del código del IESBA, al adicionar algunas restricciones y apartados para docencia y sanciones. Esta edición se mantiene vigente y se integra por las siguientes seis partes:
| Parte 1 | Cumplimiento del código, principios fundamentales y marco conceptual |
| Parte 2 | Contadores públicos en los sectores público y privado |
| Parte 3 | Contadores públicos en la práctica independiente |
| Parte 4A y 4B | Normas de independencia |
| Parte 5 | Contadores públicos en la docencia |
| Parte 6 | Sanciones |
Las principales modificaciones que se incorporaron a esta edición son: independencia en los trabajos de atestiguamiento, rol y mentalidad que se espera de los contadores públicos, objetividad del revisor de calidad del encargo y otros revisores apropiados, disposiciones sobre honorarios, servicios que no son de aseguramiento, adecuaciones al código relacionadas con la gestión de calidad y definiciones de entidades de interés público.
El Código de Ética Profesional se ha modificado constantemente con el objetivo de adecuar su contenido a las tendencias y necesidades nacionales e internacionales que los sectores empresarial, docente, independiente y gubernamental demandan, motivo por el que el 14 de octubre de 2025 el CEN del IMCP aprobó ciertas modificaciones al código que incorporan información en los temas de planificación fiscal y servicios relacionados, Tecnologías de la Información (TI), así como auditoría de grupos y equipos de trabajo.
Al visualizar el cambio a través del tiempo del Código de Ética Profesional, se puede dimensionar cómo se ha modificado la práctica de la contaduría pública y, sobre todo, se valora la importancia de la actualización de estos lineamientos éticos tanto como los conocimientos técnicos.
La integridad en auditoría se refuerza con normas éticas que prohíben participar en decisiones que comprometan la objetividad y creen conflictos de interés.
Baldomero Juárez Padrón, Tannia Elisseth Cortés PastranaLa responsabilidad del contador en trabajos de atestiguamiento es garantizar su capacidad para prestar un servicio de calidad y asegurar conclusiones imparciales.
Marysol Rocha Vázquez, David Velázquez GarcíaLa solidez de una firma profesional depende de su ética interna, la relación de confianza con los colaboradores y su responsabilidad ante el entorno social.
Enrique Zamorano GarcíaLa ética y el escepticismo validan procesos automatizados, comprenden riesgos de ciberseguridad y cuestionan modelos algorítmicos en las empresas.
Néstor Hernández Vázquez© 2026 Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
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