Independientemente de a quien le preste sus servicios, sea como contador dependiente o independiente, el desarrollo de su función debe estar libre de cualquier situación que lo límite a manifestar, de manera puntual y precisa, lo que la operación de la entidad tiene que reflejar; sin importar que lo que pueda incluirse en ésta (bueno o malo), todo tiene que estar plasmado para realizar una buena toma de decisiones.
La información debe sujetarse a lo que establecen las Normas de Información Financiera (NIF) y, en su caso, las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS, por sus siglas en inglés); asimismo, se deben aplicar los principios que señala el Código de Ética Profesional (CEP). Esta combinación implica que la labor del contador tiene que realizarse con honestidad, diligencia profesional, de mamera objetiva y libre de cualquier conflicto de interés, además de cumplir con toda la normatividad que pudiera ser aplicable.
En consecuencia, para las entidades se volvió casi una obligación contratar servicios adicionales, esto para que terceros ajenos e independientes a la entidad y a la información producida, la validen a través de las diferentes formas de trabajos de auditoría o atestiguamiento.
Ahora bien, en el ámbito contable se tiene una normatividad que es aplicable a todo profesional que se encarga de validar la información producida por las entidades. Como resultado de esta regulación, existe ahora el revisor de revisores: un contador que la genera, otro que la valida a través de diferentes encargos y el que revisa que dicha información siguió el procedimiento existente (generado por la firma, la misma profesión y la legislación aplicable).
La independencia profesional que deben mostrar los contadores que realizan estas funciones tiene que ser total, lo anterior para que, realmente, lo observado sirva a quienes solicitan sus servicios, asegurándoles que su información es correcta y, en su caso, que las entidades realicen las adecuaciones a sus políticas y procedimientos, fortaleciendo la existencia de un adecuado control interno de su operación.
Para asegurar que los contadores que intervienen en los encargos de auditoría o aseguramiento realicen un trabajo diligente, con la independencia que estos requieren y con un amplio sentido ético, desde 2022 la profesión implementó un Sistema de Control de Calidad (SCC) en el que, a través de un conjunto con reglas, principios y medidas, se deja establecido quien tiene la responsabilidad de los trabajos de auditoría, así como del revisor y control del encargo.
La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 220 es la que tiene establecidos los pasos que se deben seguir, teniendo como propósito implementar procedimientos de control de calidad relativos al encargo, mismos que proporcionen seguridad razonable de lo siguiente:
El procedimiento que tiene establecido la NIA 220 está desarrollado para darle, desde el inicio y aun después de concluir el trabajo, la seguridad de que el encargo fue realizado en cada etapa con independencia, ética profesional y libre de todo conflicto de interés. A continuación, se presentan (de manera general) las distintas etapas del procedimiento, así como la explicación general de cada uno de los pasos a seguir de toda aquella persona involucrada en trabajos de auditoría o aseguramiento. No importa el tamaño que tenga la firma, todos lo deben de cumplir.
Responsabilidades de liderazgo en la calidad global de las auditorías y otros encargos: la norma señala que quien debe asumir la responsabilidad de estos trabajos es el socio del encargo. Dentro de sus funciones, está la de crear un entorno que transmita la cultura de la firma, así como el comportamiento a seguir del equipo asignado, a su vez, éste debe conducirse con ética, aplicando los valores y actitudes profesionales.
Requerimientos de ética aplicables: este es un aspecto importante a considerar en todo encargo; la aplicación de los principios fundamentales que señala el CEP del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) es primordial. La independencia mental que debe observar cada uno de los participantes es un aspecto esencial que se debe mostrar como resultado de la aplicación de los principios. Para el contador público, la independencia en la realización de sus trabajos siempre ha sido un factor para transmitir confianza a los diferentes usuarios de la información que produce.
Aceptación y continuidad de las relaciones con clientes y de encargos de auditoría: la responsabilidad del socio del encargo es garantizar que se han seguido las políticas o procedimientos establecidas en la firma, considerando la información obtenida antes y al momento de la aceptación del trabajo, o bien, de la que pudieron haber conocido en cualquier momento los miembros del encargo, esto para eliminar cualquier signo de amenaza.
Asignación de equipos en los encargos: el socio del encargo debe estar convencido que las personas que conformen el equipo de trabajo son expertos en el área, con el juicio profesional y capacidades para realizar lo solicitado y con la experiencia para preparar los informes que sean necesarios.
Realización del encargo: debe realizarse de conformidad con las normas profesionales, legales y reglamentos aplicables; el socio del encargo debe tener la certeza de que, al momento de realizar los trabajos de auditoría, se cumple con lo siguiente:
Seguimiento: es importante rectificar que las situaciones contempladas en el contexto de la auditoría, los procedimientos, así como las políticas aplicadas en el encargo, fueron los adecuados y acordes al trabajo solicitado.
Documentación: todo trabajo de auditoría debe tener un adecuado soporte documental (completo y detallado), mismo que respalde el encargo que se ha realizado, tanto por el equipo de trabajo como de otros profesionales que hayan intervenido en la realización.
Es indispensable que todo trabajo que realice el contador público sea llevado a cabo con ética e independencia mental, considerando los principios que el CEP señala; esto garantiza que su trabajo fue realizado con objetividad y alejado de cualquier conflicto de interés.
El procedimiento que señala la Norma de Control de Calidad (NCC) es un mecanismo de control para todo trabajo realizado, pues valida que el encargo cumple con toda la normatividad, la ética, así como con las políticas y procedimientos establecidos por la firma, dándole confianza a los diferentes interesados en el trabajo llevado a cabo.
Dentro del marco normativo mexicano existe una serie de requisitos que debe cumplir quien desee ocupar los más altos cargos de fiscalización.
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