Principios fundamentales del código de ética para la profesión contable

Los principios fundamentales previstos en el código de ética son aplicables a todos los contadores públicos en los sectores en que desarrollen su actividad profesional.

Principios fundamentales del código de ética para la profesión contable


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L.C.P. Roberto Vázquez Valdez Socio director en Rote & Fiscal Emprende, S.C.
Ética y sustentabilidad 08 de junio de 2023

Además de apoyar a los contribuyentes del país en el cumplimento de las obligaciones contables y fiscales, el profesional de la contaduría debe conocer, identificar y, sobre todo, aplicar los lineamientos del Código de Ética Profesional (CEP) con la finalidad de cumplir con el bienestar de los negocios de sus clientes.

De acuerdo con la RAE, la ética es “el conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en cualquier ámbito de la vida”. Ahora bien, en el país este conjunto de normas éticas han sido estudiadas, planificadas e incorporadas para llevarse a cabo en el desarrollo diario de la profesión contable por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), buscando incorporarse a las normas internacionales (desde 2012) mediante la publicación de un CEP.

El IMCP, al crear una comisión de trabajo de ética profesional, tiene el objetivo de fortalecer a la comunidad contable en su desarrollo humano y profesional, dentro de los más altos estándares éticos en beneficio de la sociedad.

Con este sentido social se busca reiterar el marco conceptual de la estructura del código de ética y, en esta ocasión, se abordan los principios fundamentales que son la base inicial para llevarse a cabo en el desarrollo de la profesión contable y que se detallan a continuación:

Principios fundamentales

Integridad

Ser honesto en todas las relaciones profesionales y de negocios.

Objetividad

No comprometer el juicio profesional por conflicto de interés o influencia indebida con terceros.

Diligencia y competencia profesional

Tener conocimiento y habilidades para prestar servicios competentes de acuerdo con las necesidades actuales de los contribuyentes.

Confidencialidad

No revelar información a terceros, a menos que haya una obligación legal o profesional.

Comportamiento profesional

Cumplir con las leyes y regulaciones aplicables a la profesión contable, buscando siempre la buena reputación de la profesión.

Los aspectos a considerar en los principios fundamentales son:

Integridad

1. Implica actitudes justas y veraces.

2. El contador público debe estar enterado que la información con la que trabaja en el cumplimiento de sus servicios profesionales no sea:

  • Falsa
  • Confusa o errónea
  • Información proporcionada de forma irresponsable
  • Que se omita o se oculten información

3. En el caso que se le asocie con algún supuesto de incumplimiento, debe tomar las medidas necesarias para desvincularse de este hecho y lo podrá hacer a través de una salvaguarda.

Las salvaguardas son acciones individuales o combinadas que el contador público lleva a cabo para reducir (de manera efectiva) a un nivel aceptable las amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales.

Objetividad

El contador público no debe comprometer su juicio profesional a través de:

  • Prejuicios
  • Conflicto de intereses
  • Influencia indebida de terceros
  • Desempeñarse en activades que influyan en su juicio profesional

Un ejemplo de lo anterior sería que el contador público que realice sus servicios profesionales de contabilidad financiera pretenda emitir un dictamen de los estados financieros al mismo cliente, es decir, que para cumplir con el principio fundamental de objetividad y que su juicio no se comprometa, no debe realizar dicho dictamen.

Diligencia y competencia profesional

El contador público debe cumplir con este principio fundamental con las siguientes premisas:

  • Mantener el conocimiento y la habilidad profesional al nivel requerido
  • Estar actualizado en las normas técnicas, profesionales y la legislación aplicable
  • Actuar con diligencia
  • Prestar un servicio competente con sus clientes
  • Actuar con responsabilidad, de manera cuidadosa, minuciosa y oportuna
  • Que los que trabajan bajo su dirección cuenten con la capacitación y supervisión adecuada
  • Informar a sus clientes las limitaciones de sus servicios

Un ejemplo de esto sería que un contador público certificado durante el 2022 no realizó el refrendo para cumplir con lo dispuesto el artículo 12.° del Reglamento para la Certificación Profesional de los Contadores Públicos; bajo este supuesto, el contador público pierde el grado de certificación para emitir dictámenes a los estados financieros.

En este caso, el contador público cumple con el principio fundamental de diligencia y competencia profesional al informar a sus clientes de las limitaciones en las que se encuentra actualmente.

Confidencialidad

El contador público debe cumplir con este principio fundamental con las siguientes premisas:

  • No divulgar en su entorno social o de negocios la información que se le provee como resultado su trabajo
  • Mantener confidencialidad dentro de la firma o por la entidad para la que trabaja
  • No divulgar información confidencial
  • Para divulgar información debe haber autorización especifica, o bien, obligación legal
  • No usar información confidencial para su beneficio
  • Tomar las medidas para que el personal a su cargo reciba capacitación y respeten este principio
  • Cumplir con la confidencialidad, incluso cuando termine la relación del cliente o la entidad para la que se trabajó

Supuestos de divulgación requerida por ley:

  • Elaboración de documentos en el curso de procedimientos legales (por ejemplo, un peritaje contable)
  • Infracciones a la ley identificadas

Supuestos de divulgación por el deber profesional cuando no esté prohibido por la ley:

  • Por cumplir con la revisión de calidad de un organismo (por ejemplo, el IMCP)
  • Por responder a una consulta o investigación por parte de un organismo regulador
  • Para proteger los intereses profesionales de un contador público en procedimientos legales
  • Para cumplir con las normas técnicas, profesionales y éticas

Supuestos de divulgación según las circunstancias:

  • Si hay existencia de algún tercero que pudiera resultar dañado
  • Si hay información conocida y fundada
  • Deben considerarse otros factores de divulgación en los hechos y conclusiones sin fundamento o información incompleta
El contador público no debe revelar ninguna información obtenida o recibida como resultado de una relación profesional o de negocios.

Un ejemplo sería cuando se ha terminado la relación profesional con un cliente que tenía considerado un proyecto de desarrollo urbano, el cual se apoya con una proyección financiera, trámites ante autoridades federales y locales. En este sentido, para cumplir con el principio fundamental de confidencialidad, no se debe divulgar por ningún medio la información proporcionada por el cliente para el desarrollo del trabajo, aun cuando el servicio haya concluido.

Comportamiento profesional

1. El contador público debe cumplir con las leyes y evitar cualquier conducta que pueda desacreditar al gremio, así como no debe realizar actividades que perjudiquen la integridad, la objetividad o la buena reputación de la profesión.

2. Un contador público no debe desacreditar la profesión al realizar actividades de mercadotecnia y promoción.

3. El contador público debe ser honesto, veraz y no debe llevar a cabo:

  • Afirmaciones exageradas de sus servicio o experiencia adquirida
  • Referencias negativas
  • Comparaciones del trabajo de otros colegas

4. En caso de que el contador público tenga dudas respecto del uso de publicidad, puede acudir a un organismo regulador para esclarecer sus inquietudes.

Por ejemplo, un contador público en el uso de la mercadotecnia y la publicidad que pueda realizar en redes sociales, no debe realizar aseveraciones de los grados académicos que ha conseguido, los años de experiencia adquirida, sectores económicos en los que se destaque; hacer comparaciones de su trabajo con colegas o firmas que realicen servicios similares a los que presta; o bien, hacer manifestaciones subjetivas del trabajo profesional de otros colegas.

Conclusiones

Los principios fundamentales de integridad, objetividad, diligencia y competencia profesional, confidencialidad, así como de comportamiento profesional, son aplicables a todos los contadores públicos en los sectores en que desarrollen su actividad profesional:

  • Sector privado
  • Sector público
  • Practica independiente
  • Trabajos de auditoría y revisión
  • Trabajos de atestiguamiento
  • Docencia

Cuando el contador público, en el desarrollo de su profesión, se encuentre en una situación que considere en algún supuesto de incumplimiento a varios principios fundamentales, el código le permite consultar de forma anónima con:

  • Otros dentro de la firma o la entidad para la que trabaja
  • Encargados del gobierno corporativo
  • Un organismo profesional (como el IMCP)
  • Un organismo regulador
  • Asesor legal

Sin embargo, esta consulta no lo libera de la responsabilidad de aplicar su juicio profesional o una salvaguarda que busque el cumplimiento de los principios fundamentales.


Referencias

  • IMCP, 2012, Código de Ética Profesional, 2023, de Instituto Mexicano de Contadores Públicos: http://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2015/12/Codigo_de_Etica_Profesional_10a_ed1.pdf


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