Impacto de las enfermedades y riesgos de trabajo en las empresas

Las modificaciones a la LFT en materia de enfermedades y riesgos de trabajo son consecuencia de la evolución en la relación laboral entre empresas y colaboradores.

Impacto de las enfermedades y riesgos de trabajo en las empresas


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C.P. y P.C.FI. Mauricio Hurtado de Mendoza Valdez Socio en PricewaterhouseCoopers, S.C.
Capital humano 01 de junio de 2023

Se han propiciado cambios drásticos en los modelos de negocio actuales consecuencia de la evolución en aspectos tecnológicos y sociales como el incremento de la población, la inequidad en la distribución del ingreso y los cambios conductuales de las nuevas generaciones; lo anterior aunado a aspectos como la reciente contingencia sanitaria, el acopio y profundización de conocimientos científicos en materia de nuevos padecimientos que se vinculan al apresurado ritmo de vida y trabajo, así como el incremento en la expectativa de vida de la población.

Estos modelos requieren considerar, además del cumplimiento de las disposiciones legales en materia laboral, la adopción de mejores prácticas para mantener o incrementar la productividad de los colaboradores y contener la rotación de personal; aspectos que, bien encausados, generan valor para las empresas.

Una administración eficiente debe reconocer oportunamente los cambios de circunstancias en la relación laboral para anticipar ajustes en sus modelos operativos.

El 12 de abril de 2023 fue aprobada en la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma a diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT). En caso de ser aprobada, de acuerdo con el proceso legislativo:

  1. Incorporaría 33 padecimientos a los 161 previamente considerados.
  2. Incrementaría la tabla de lesiones por riesgos laborales para valuación de incapacidades permanentes en 115 causas para llegar a un total de 524.

Esta iniciativa se sumaría a los cambios recientes en diversas disposiciones laborales que buscan aumentar la calidad de vida de los colaboradores y contribuyen a incrementar su permanencia en las organizaciones, propiciando la productividad en la ejecución de sus funciones.

Algunos de estos cambios son:

Entrada en vigor de la Norma Oficial Mexicana 035 (2019), enfocada a incrementar el bienestar y la salud de los colaboradores.
Regulación del teletrabajo mediante la reforma al artículo 311.° de la LFT (2021), incluyendo medidas pertinentes de seguridad e higiene para la protección contra riesgos ocupacionales (2022).
Incremento en el número de días de descanso o vacaciones (2023), conforme a la reforma a los artículos 76.° y 78.° de la LFT.
Reforma al sistema de pensiones de contribución definida (contenidas en las leyes del seguro social y de los sistemas de ahorro para el retiro) con el propósito de incrementar las aportaciones patronales, reducir el requisito de semanas cotizadas, elevar el monto de la pensión garantizada y disminuir las comisiones cobradas por las Afores (2023).

Las modificaciones anteriores son consecuencia de la evolución en el contexto de la relación laboral entre las empresas y los colaboradores, mismas que deben ser analizadas y actualizadas conforme continúen cambiando las condiciones ambientales, laborales, así como los hábitos y conductas de los colaboradores.

Un ejemplo de lo anterior se aprecia en la prueba piloto que se aplicó a 2,600 personas que laboran en 100 empresas del Reino Unido con la idea de disminuir los días laborables por semana (cuatro en lugar de cinco). De acuerdo con los resultados preliminares compartidos en el Foro Económico Mundial, la adopción de esta campaña no ha generado una disminución en la productividad de los colaboradores y tampoco una disminución en la rentabilidad de las empresas; sin embargo, ha incrementado la retención y el bienestar del personal. 

Una política de capacitación constante hacia los colaboradores puede disminuir la aparición de algunos padecimientos como el estrés laboral.

Conforme al artículo 513.° de la LFT, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) va a actualizar las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo, mismas que se publican en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y son de observancia general en todo el territorio nacional. Para este efecto, la STPS escucha las opiniones de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CCNSST), Secretaría de Salud, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), así como especialistas en la materia.

Los artículos 514.° y 515.° de la LFT señalan que las tablas mencionadas serán revisadas cada vez que sea necesario o cuando existan estudios e investigaciones que justifiquen dicha acción y que la STPS va a llevar a cabo las investigaciones y estudios necesarios con el fin de que el líder del Poder Ejecutivo pueda iniciar (ante el Poder Legislativo) la adecuación periódica de las tablas mencionadas conforme el progreso de la medicina del trabajo.

Las lesiones por riesgos laborales que generen incapacidades permanentes pueden representar incrementos importantes en el costo de seguridad social para las empresas y para el Estado.

Conforme al procedimiento mencionado, durante la primera sesión extraordinaria de la CCNSST (2016) se propuso aumentar de forma importante (por primera ocasión después de 40 años) los padecimientos laborales, incorporando enfermedades de tipo psicosocial.

Muchas de estas propuestas son incorporadas ahora en la iniciativa de reforma a la LFT aprobada por la Cámara de Diputados. Esta iniciativa también incluye eventos y circunstancias que han ocurrido con posterioridad a la fecha en que se celebró la sesión extraordinaria de la CCNSST; por ejemplo: la reciente contingencia sanitaria. 

Algunos de los padecimientos que se agregan a la lista recientemente propuesta son:

Patologías infecciosas y parasitarias

  • Covid-19
  • Gripe aviar e influenza H5N1

Fisiológicas

  • Tendinitis del hombro
  • Cataratas
  • Conjuntivitis
  • Síndrome del túnel carpiano

Trastornos mentales

  • Ansiedad
  • Estrés
  • Alteraciones en ciclo sueño-vigilancia
  • Depresión

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el estrés laboral es la reacción que puede tener el individuo ante exigencias y presiones en el trabajo que no se ajustan a sus conocimientos y capacidades; además, ponen a prueba su capacidad para afrontar situaciones complejas. También se identifica como un grupo de reacciones emocionales, psicológicas, cognitivas y conductuales que pueden ocasionar tensión muscular, trastornos digestivos, aumento de presión sanguínea y ritmo cardiaco, miedo, irritabilidad, enojo, depresión, atención disminuida y trastornos mentales que disminuyen la productividad laboral.

Algunos estudios han comprobado que el estrés laboral incrementa las probabilidades de isquemias, hemorragia cerebral y alteraciones mentales, entre otros padecimientos.

Además del efecto en la salud de los colaboradores, la OMS y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estiman que, anualmente, se pierden 12 mil millones de días laborables debido a la depresión y la ansiedad, lo que representa un costo a la economía mundial de aproximadamente mil millones de dólares.

Conclusiones

  1. La buena salud física y mental de los colaboradores genera un compromiso y lealtad hacia las organizaciones.
  2. Con la adopción de las nuevas reglas, las organizaciones, además de cumplir con un fin social en materia de sostenibilidad, pueden incrementar su rentabilidad al mantener o incrementar la productividad de sus colaboradores, así como optimizar sus recursos conteniendo los costos relativos a la rotación de personal.
  3. Las condiciones en la relación laboral seguirán evolucionando, por lo que, la reglamentación aplicable debe ser dinámica, requiriendo de las empresas la adopción y cumplimiento oportuno.
  4. Se han reconocido padecimientos físicos y mentales que son resultado de los modelos y herramientas de trabajo actuales; que deben ser comprendidos por las organizaciones para evitar el agotamiento (burnout) de los colaboradores.
  5. Las lesiones por riesgos laborales que generen incapacidades permanentes pueden representar incrementos importantes en el costo de seguridad social para las empresas y para el Estado.
  6. Una política de capacitación constante hacia los colaboradores puede disminuir la aparición de algunos padecimientos como el estrés laboral.
  7. Una administración eficiente debe reconocer oportunamente los cambios de circunstancias en la relación laboral para anticipar ajustes en sus modelos operativos que les permitan capturar ventajas competitivas y mantener una posición relevante en sus respectivos mercados.


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