Además de las razones propias de negocios que motivan una decisión así, es pertinente que las empresas extranjeras que pretendan migrar al país tengan presente una serie de aspectos tributarios (desde la perspectiva de cumplimiento regulatorio y de eficiencia fiscal) y el mejor aprovechamiento de sus recursos. A continuación, se señalan algunos aspectos:
Para efectos del ISR, se deben definir los siguientes aspectos:
En caso de que se hubiera pagado un impuesto en EUA de la misma naturaleza que el ISR, se debe tener presente que puede ser acreditado contra el ISR mexicano si se cumplen una serie de condiciones.
En el nearshoring se debe conocer la legislación aplicable para no incurrir en omisiones en el pago de impuestos o infracciones de otra índole que puedan llevar a la determinación de créditos fiscales o multas.
En materia del IVA, lo más relevante es que la exportación de bienes está gravada a la tasa del 0%, lo que da lugar al acreditamiento del IVA que sea trasladado por proveedores de bienes y servicios en territorio nacional, así como el pagado en importación, lo cual arrojará saldos a favor mensuales recurrentes que podrán ser solicitados en devolución.
Es importante tener presente que hay precedentes jurisdiccionales recientes en los que se interpretan de manera restrictiva los requisitos para el acreditamiento del IVA trasladado (que pueden entorpecer el proceso de devolución).
Si la entidad importa bienes para su transformación, maquila o manufactura y su eventual exportación a EUA, habrá que explorar si cumple los requisitos del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX), en el que se establece una serie de normas de beneficio para quienes se dediquen a estas actividades.
A su vez, en la LISR hay una serie de reglas especiales para los contribuyentes residentes en el extranjero y parte de grupos multinacionales que se dedican a operaciones de maquila; por lo que, sería conveniente evaluar si la entidad cumple con las condiciones para su aplicación.
Hay una serie de obligaciones previstas en el Código Fiscal de la Federación (CFF) que toda entidad que se ubique en México debe cumplir frente a las autoridades fiscales, entre las que se encuentran las siguientes:
Un aspecto sobre el que las entidades tendrán que poner especial atención es lo relativo a la subcontratación de personal. En términos laborales, está prohibida la subcontratación de personal; para efectos fiscales, las erogaciones que se hagan por dicho concepto no serán deducibles del ISR ni el IVA trasladado será acreditable.
Lo anterior, salvo que se contraten servicios especializados, según se definen en la legislación aplicable y, además, se reúna una serie de requisitos y condiciones legales (tanto la entidad de que reciba los servicios especializados como la que los preste).
Es necesario analizar con mucho cuidado si la recepción de un servicio implica la disposición de trabajadores de terceros y si dichos servicios son de carácter especializado en los términos de las normas aplicables.
Por último, se deben tener en cuenta las contribuciones estatales que se causen por la realización de actividades. La más relevante y generalizada es el Impuesto Sobre Nóminas (ISN), el cual se causa por la erogación de sueldos y salarios a diversas tasas, dependiendo del estado de México en el que se instale la entidad de que se trate.
Otras contribuciones que pueden resultar relevantes son los llamados impuestos ambientales vigentes en algunas entidades federativas por la emisión de gases a la atmósfera, al agua, al suelo, entre otros.
Como se observa, en el proceso de migración de una entidad hacia México con la finalidad de localizarse cerca del mercado estadounidense, va a ser necesario que las empresas conozcan la legislación fiscal aplicable a efecto de evaluar las opciones del esquema o estructura que mejor se ajuste a sus necesidades comerciales y operativas; asimismo, a efecto de no incurrir en omisiones en el pago de impuestos o infracciones de otra índole que puedan llevar a la determinación de créditos fiscales o multas.
El compliance aduanero es altamente recomendable, pues las organizaciones deben implementar medidas continuas para identificar y mitigar riesgos en las operaciones de comercio exterior.
Juan Antonio Castro ChávezDentro del marco normativo mexicano existe una serie de requisitos que debe cumplir quien desee ocupar los más altos cargos de fiscalización.
Gerardo González de Aragón RodríguezUn saldo a favor del ISR no es un tema que se genere en automático, es una tarea que dura todo el año y culmina en la declaración anual para personas físicas en el mes de abril.
Eduardo Estrada BorjaLos peritos contables en casos de fraude deben dar un valor agregado a las empresas para que no vuelvan a sufrir daños que afectan la parte económica, su imagen y calidad ética.
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