Función de la UIF

En 1995 el Grupo Egmont se propuso desarrollar las UIF para combatir el LD/FT en diferentes países.

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L.C. y P.C.P.L.D. Alma Luz Alcántara González Gerente de Consultoría en De La Paz Costemalle - DFK, S.C.
PLD 01 de julio de 2022
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l 7 de mayo de 2004, y mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se creó en México la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), cuyo objetivo es coadyuvar en la prevención y combate a los delitos de operaciones con recursos de procedencia Ilícita, coloquialmente conocido como Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (LD/FT).

A nivel internacional, existen organismos encargados de luchar contra esto, como lo son el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) o el Grupo Egmont. El primero fue creado en 1985 con el fin de establecer normas y promover la aplicación efectiva de las medidas legales, reglamentarias y operativas para combatir el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo, la proliferación de armas de destrucción masiva y otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero.

Fue así que el GAFI dio a conocer 40 recomendaciones con el propósito de proporcionar un plan para la lucha contra el lavado de dinero, siendo la número 29 la que comprende a la UIF al justamente denominarse Unidades de Inteligencia Financiera; ahí se hace mención a los países que deben establecer una UIF como un centro de recepción, análisis y comunicación de operaciones sospechosas y relevantes al lavado de activos y delitos asociados al financiamiento al terrorismo, entre otras funciones. Estas recomendaciones deben ser adoptadas en su legislación por los países miembros.

Con respecto al segundo organismo, varias agencias de gobierno y organizaciones internacionales se reunieron en el palacio Egmont-Arenberg, en Bruselas, el 9 de junio de 1995 y, derivado de esta reunión, surgió el Grupo Egmont, el cual se propuso desarrollar las UIF y fomentar la cooperación entre ellas para combatir el LD/FT. México forma parte de este organismo.

Para comprender qué es una UIF, hay que entenderla como una instancia nacional que recibe y analiza lo siguiente:

  1. Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS).

  2. B. Otra información que pueda relacionarse con el lavado de dinero, delitos precedentes asociados y financiamiento al terrorismo.


La UIF deberá ser capaz de obtener información adicional de los sujetos obligados, así como tener acceso oportuno a datos financieros, administrativos y del orden público que se requieran para que lleve a cabo sus funciones de forma apropiada.

La UIF está adscrita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Dentro de su marco jurídico de actuación en materia de prevención de los delitos de operaciones con recursos de procedencia Ilícita y financiamiento al terrorismo se encuentran, por citar algunos, el Reglamento Interior de la SHCP en su artículo 15, el cual establece las competencias de la UIF, que son la Tipificación de Delitos y Régimen de Prevención y Disposiciones de Carácter General de diferentes entidades financieras y formatos oficiales, todos publicados en el DOF.

Funciones de la UIF
Análisis de Reportes

Una de las funciones de la UIF consiste en la recepción de los reportes de todas aquellas transacciones sospechosas establecidas en la legislación nacional. La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) establece qué reportes y avisos deben enviar quienes realicen las denominadas Actividades Vulnerables establecidas en el artículo 17, así como lo que establecen las Disposiciones de Carácter General; estas últimas mencionan los tipos de reportes que deben enviarse a la UIF.

Cabe mencionar, la UIF también celebra convenios de colaboración con diferentes organismos con la finalidad de contar con mayores elementos que permitan combatir al lavado de dinero, los cuales pueden ser consultados en su página de internet.

Los tipos de reportes que se analizan son los siguientes:

  1. Operaciones relevantes

  2. Operaciones inusuales

  3. Operaciones internas preocupantes

  4. Operaciones con dólares en efectivo de los Estados Unidos de América (EUA).

  5. Transferencias internacionales de fondos

  6. Formato de montos totales

  7. Cheques de caja

  8. Avisos e informes de actividades vulnerables


La comentada recomendación número 29 del GAFI nos menciona que la UIF debe realizar análisis operativos y estratégicos, además de comunicar eficazmente sus resultados a las autoridades competentes acordes.

Si como consecuencia de estos análisis se detectan operaciones con recursos de procedencia ilícita, la UIF deberá denunciar ante el Ministerio Público de la Federación aquellas conductas que pudieran favorecer, auxiliar o brindar apoyo a la comisión de delitos de terrorismo y su financiamiento o de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Tipologías, tendencias, indicadores

Otra función por destacar es la de aprobar las tipologías, tendencias e indicadores, así como las guías y mejores prácticas para la elaboración y el envío de los reportes. El propósito de las tipologías según la UIF es ayudar a los sujetos obligados a detectar los principales comportamientos y tendencias en materia de LD/FT, a efecto de que éstos diseñen o ajusten mecanismos de control y señales de alerta para protegerse de la posibilidad de ser utilizados para transferir, de un lugar a otro o entre personas, recursos de procedencia ilícita.

Con el fin de mitigar los riesgos que enfrentan los países en materia de LD/FT, la UIF México, otros organismos internacionales y el Grupo Egmont han publicado las siguientes tipologías y documentos relacionados:

2016 2018 2019 2020 2021 2022
  • Estructura corporativa que simula operaciones para lavar dinero ilícito.
  • Abuso de sindicatos para lavar dinero.
  • Desarrollo de bienes raíces con dinero ilícito.
  • Revisiones manuales, presenciales y sobre muestras con alcance limitado.
  • Compañía con operaciones internacionales utiliza su actividad lícita para lavar dinero.
  • Uso de personas jóvenes para enviar al extranjero dinero proveniente del narcotráfico.
  • Fraudes informáticos.
  • Trata de personas.
  • Institución Educativa de Nivel Superior.
  • Estafa Maestra.
  • Exservidor público.
  • Cohecho a alto ejecutivo del sector público.
  • Asociación altruista que aparentemente apoya a migrantes.
  • OSFL con actividad religiosa.
  • Trata y lenocinio.
  • León Chino.
  • Fraudes en cajeros automáticos.
  • El Licenciado.
  • Fentanilo.
  • Uso Ilícito de Activos Virtuales.

Listas de personas bloqueadas

Otra de las funciones de la UIF es la de integrar la lista de personas bloqueadas prevista en las leyes financieras y que incluye la introducción y eliminación de personas en dicha lista, así como también se ocupa de emitir lineamientos o guías para llevar a cabo las mejores prácticas en la materia.

No hay que olvidar que las entidades e instituciones financieras, entre otras cosas, se encargan de suspender de forma inmediata aquellas operaciones que celebren con clientes o usuarios de tales listas. El fundamento jurídico de la lista de personas bloqueadas puede encontrarse en los artículos 70 y 71 de las Disposiciones de Carácter General a que hace referencia el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC).

Informes de actividades de la UIF

La UIF ha emitido Informes de actividades en los cuales describe cuántos reportes ha recibido por tipo. De acuerdo con el que se realizó en enero del presente año, se reportó lo siguiente:

  1. En el apartado Recepción de Información, la UIF recibió 31 millones 125 mil 640 reportes y avisos en 2021, en contraste con los 25 millones 233 mil 549 recibidos en 2020. El aumento con respecto del ejercicio anterior fue de un 18 por ciento.

  2. En cuanto al número de las denuncias presentadas por la UIF, el año que presentó una cifra mayor de expedientes fue 2019, mientras que en 2020 se presentaron 130 denuncias y en 2021, 133.

  3. Personas bloqueadas está integrada por 6,780 sujetos entre personas físicas y morales. Con un total de 3,643 sujetos, el mayor número registrado se dio en 2020, mientras que en 2021 se bloqueó a 1,515 sujetos.

  4. Al presente año se han bloqueado 39 mil 719 cuentas, con un monto bloqueado promedio de catorce mil 754 millones 918 mil 166 MXN.

  5. El año en que se celebraron más convenios de colaboración fue 2019, ya que el número de éstos ascendió a 59.

  6. El citado informe menciona las guías y mejores prácticas emitidas, así como las tipologías, intercambio de información en red segura Egmont y solicitudes de transparencia, entre otras actividades.


La UIF también interviene tanto en la elaboración de análisis y evaluación de riesgos como en la Certificación de Responsables de Cumplimiento y profesionistas en la materia conforme a la LFPIORPI.

Conclusión

Sin lugar a duda, la UIF tiene una gran misión al promover que se concreten los objetivos del Estado Mexicano; en este caso, el impedimento de operaciones con recursos de procedencia ilícita y el financiamiento del terrorismo. Esto no sólo es una gran tarea para la UIF, sino para todas aquellas instancias que intervengan en la persecución de estos delitos.

Cabe señalar, si bien existen sujetos obligados a reportar esas operaciones que le permitan a la autoridad recibir, analizar y diseminar la información, todas las personas deberían prevenir, independientemente del lugar donde se encuentren.



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