Ámbito universitario
16 de junio de 2026
Para cumplir con las obligaciones fiscales en México, no basta con saber leer las leyes, sino que se requiere interpretarlas, y eso genera problemáticas. El jurista Gerardo Laveaga Rendón señala que las personas no obedecen la norma cuando esta les resulta ambigua, compleja o incluso oscura. Basta con revisar el marco fiscal principal para darnos cuenta de que, tanto la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) como el Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) presentan una estructura que prioriza la cobertura jurídica sobre la claridad comunicativa.
Como resultado de lo anterior, se establece un sistema que sobrecarga al contribuyente, lo deja con incertidumbre, se generan interpretaciones equívocas y se le orilla a la informalidad. Ahí es donde entra el rol del contador público.
¿Por qué no se obedece la regulación fiscal en México?
La ley es compleja de interpretar; por ende, el contribuyente no comprende sus obligaciones. Esta realidad se refleja en la informalidad laboral, ya que, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), más del 54% de la población trabaja en el sector informal, cifra que refleja la complejidad para incorporarse al régimen formal, problemática que tiene raíces estructurales en el propio diseño de la legislación tributaria.
Inconsistencias en la legislación fiscal mexicana
Al analizar las principales regulaciones fiscales mexicanas (LISR, CFF y LIVA), es posible identificar tres deficiencias estructurales que afectan la comprensión y la aplicación práctica efectiva:
- Generalidad excesiva: la ley no es clara en sus conceptos básicos y obliga a consultar reglamentos, criterios del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y jurisprudencias para delimitar la interpretación de los conceptos; ejemplo de ello es el artículo 28.° del CFF, donde se establece que los contribuyentes están obligados a llevar la contabilidad. No obstante, para comprender correctamente a qué se refiere, se remite al Reglamento del CFF y a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Para un sólo concepto se deben consultar distintas fuentes, lo cual, sin una asesoría especializada, se convierte en una tarea compleja, llevando a errores de cumplimiento con consecuencias fiscales.
- Público no identificado: las regulaciones están redactadas para expertos jurídicos, no para quien debe cumplirlas. En el terreno de las personas físicas en la LISR, se establecen regímenes diferenciados con reglas complejas donde el contribuyente independiente, sin asesoría, enfrenta el riesgo de omisión, no por mala fe o falta de voluntad, sino por una falta de claridad en la norma que debe cumplir.
- Fórmulas discursivas: las fórmulas matemáticas facilitan el entendimiento de un razonamiento lógico cuantitativo. Cuando ese razonamiento se expresa en una prosa densa, como ocurre en las leyes fiscales mexicanas, tiene como resultado la ambigüedad en la aplicación, incluso para los profesionales. Esto podría identificarse en el artículo 78.° de la LISR, donde, en su primera fracción, se determina la utilidad distribuida en reducciones de capital; asimismo, se incluyen párrafos extensos con prosa técnica, referencias cruzadas sobre cuentas fiscales y factores de ajuste.
La complejidad de las leyes fiscales en México genera incertidumbre en los contribuyentes y fomenta la informalidad.
LIVA y la trampa del flujo de efectivo para las Pymes
Uno de los sectores más afectados por la regulación fiscal son las pequeñas y medianas empresas (Pymes) y eso resulta evidente en la LIVA, donde en su artículo 5.° se establece que este impuesto es acreditable sólo cuando ha sido efectivamente pagado. En la práctica, esto genera una trampa de liquidez porque la Pyme paga de inmediato el IVA de sus insumos, pero el corporativo al que le factura liquida a 90 o 120 días.
La empresa acumula un saldo a favor que no se materializa inmediatamente, destruye su capital de trabajo y, usualmente, es orillada a la informalidad.
El contador público como consultor estratégico
Ante el marco normativo, el contador público deja de ser un simple operador de registros para tomar una posición clave y ser un consultor estratégico. Su valor e importancia radican en tres dimensiones:
- Intérprete: traduce el lenguaje jurídico a la realidad empresarial e identifica cuándo aplicar leyes complementarias o criterios jurisprudenciales.
- Gestor del riesgo fiscal: detecta lagunas en la regulación antes de que se materialicen como contingencias e incumplimientos; asimismo, documenta las decisiones tomadas.
- Asesor estratégico: permite una eficiencia fiscal con certeza jurídica en operaciones como fusiones, reestructuras o reducciones de capital.
Dentro de la complejidad legislativa, al no poderse resolver desde una sola organización, se debe gestionar de manera estratégica. A continuación, se presentan acciones que, coordinadas por un contador, permiten reducir la exposición de la empresa al riesgo derivado de la ambigüedad normativa:
- Documentar la razón de negocios de cada operación relevante: esta acción reduce significativamente la exposición ante revisiones, multas y recargos bajo el artículo 5-A del CFF, que exige materialidad y justificación económica genuina.
- Mantener actualizado el domicilio fiscal y datos del RFC: estar desactualizado es uno de los errores más frecuentes entre los contribuyentes. Mantener el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) actualizado previene la cancelación de sellos digitales por falta de localización.
- Verificar la RMF vigente: complementa la lectura de las leyes principales cuando hay definiciones generales o incompletas.
- Consultar jurisprudencias ante conceptos ambiguos: es otra forma de complementar la ley ante definiciones y conceptos ambiguos; se anticipa el criterio de la autoridad y se reduce el riesgo general de controversias.
- Solicitar confirmación de criterio ante operaciones de alto riesgo: pedirle formalmente a la autoridad fiscal que avale y apruebe por escrito la interpretación otorga certeza jurídica y protege ante posibles recaracterizaciones por parte del SAT.
Adicionalmente, se recomienda adoptar un modelo legal en capas: leer la ley, su reglamento y la RMF, así como los criterios normativos y jurisprudencias. Este modelo genera evidencia documentada, la cual es determinante ante cualquier revisión fiscal.
En la legislación mexicana, la correcta interpretación fiscal requiere integrar leyes, reglamentos, RMF y jurisprudencias.
Conclusiones
Las principales leyes fiscales buscan una cobertura jurídica exhaustiva, dejando en segundo término la claridad comunicativa, lo que genera un mayor riesgo de error, un incentivo estructural hacia la informalidad y una fuerte dependencia de asesoría especializada.
Bajo este contexto, el contador público no es un simple auxiliar administrativo, sino que ahora es el agente que convierte la comunicación jurídica en decisiones informadas, anticipa riesgos antes de que se conviertan en problemas materiales y agrega valor en cada etapa de la empresa. Su labor va desde la planeación y asesoría hasta la defensa ante la autoridad. Mientras el marco normativo fiscal mantenga su complejidad, invertir en asesoría contable no supone un gasto operativo, sino una ventaja competitiva.
Referencias
- Gerardo Laveaga Rendón, 2000, Cinco razones por las que no se obedece la ley en México, 2026, de Instituto de Investigaciones Jurídicas (UNAM): https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2506/7.pdf
- Gobierno de México, 2024, Código Fiscal de la Federación, 2026, de Cámara de Diputados: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf
- Gobierno de México, 2024, Ley del Impuesto sobre la Renta, 2026, Cámara de Diputados: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf
- Gobierno de México, 2024, Ley del Impuesto al Valor Agregado, 2026, de Cámara de Diputados: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIVA.pdf
- Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 2026, Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Indicadores de ocupación y empleo, enero 2026, Boletín 163/26, 2026, de Inegi: https://www.inegi.org.mx/programas/enoe/15ymas/