Su objetivo es establecer el marco normativo para revisar el adecuado cumplimiento (por parte de los asociados de las entidades federadas al Instituto Mexicano de Contadores Públicos [IMCP]) de las Normas Internacionales de Gestión de Calidad (NIGC) y las actividades que se habrán de realizar para promover, facilitar y vigilar dicho cumplimiento.
En el alcance de esta norma de revisión, debe entenderse como firma a un contador público independiente, una sociedad, una corporación, o bien, cualquier otra entidad de profesionales contables. Por lo tanto, éstas se encuentran obligadas a su cumplimiento cuando se estén bajo las siguientes circunstancias:
Ahora bien, las obligaciones que tendrán las firmas, entre otras, son las siguientes:
La VCPP, a través de la CAC y CTC, llevará a cabo las actividades y procedimientos necesarios para el adecuado cumplimiento de esta norma a través del Sistema de la Norma de Revisión. Las principales actividades que tendrá a cargo dicha vicepresidencia, a través de las comisiones, son:
CAC | CTC |
Su función principal es supervisar y promover la implementación de normas y prácticas que aseguren la calidad de los servicios profesionales ofrecidos por sus miembros, especialmente, en auditoría, revisión de estados financieros y otros servicios relacionados con el aseguramiento. | Se encarga de supervisar, orientar y promover la mejora continua en la calidad de los servicios profesionales ofrecidos por los contadores públicos miembros. Mantiene y asegura los estándares de práctica profesional en línea con las normativas nacionales e internacionales. |
La inspección de calidad debe desarrollarse por un equipo integrado por uno o más profesionales de diferentes federadas, dependiendo del tamaño de la firma sujeta a inspección. Dichos equipos de inspección contarán con un líder, quien planeará, coordinará y supervisará la inspección; asimismo, será responsable de preparar el informe de la inspección y la carta de comentarios de la inspección de calidad.
Los inspectores de calidad serán los responsables de ejecutar y documentar la inspección de calidad de conformidad con esta norma de revisión. Las inspecciones de calidad que se realicen a las firmas tendrán como objetivo, verificar el cumplimiento de las NIGC, así como de la normatividad profesional aplicable a sus encargos.
Los alcances de la inspección de calidad son la inspección del SGC de la firma, así como la inspección de una selección de encargos y sus correspondientes informes. Las inspecciones de calidad se determinarán en forma selectiva y anual, procurando cubrir las diferentes federadas por medio de sus asociados.
Con base en la información proporcionada por la VCPP, las federadas al IMCP tienen las siguientes obligaciones:
La referida norma de revisión establece las conductas, acciones u omisiones que contravengan su cumplimiento, objetivo y disposiciones. La CAC y CTC, en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades, conforme a lo dispuesto en la norma de revisión, por medio de sus presidencias o de la VCPP, deberán tomar acciones disciplinarias respecto de dichas conductas, acciones u omisiones. Asimismo, las federadas están obligadas a promover y llevar a cabo las medidas necesarias para facilitar el cumplimiento de esta norma de revisión por parte de sus asociados.
Conducta, acción u omisión | Acción disciplinaria |
No estar registrado en el Sistema de la Norma de Revisión (estando obligado) |
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No enviar la manifestación |
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Retraso en el envío del plan de remediación de una firma inspeccionada |
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Sanción a una firma por un organismo regulador internacional |
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Incumplimiento del envío de la manifestación de forma reiterada y, además, no se permite iniciar la inspección de calidad en un periodo de cuatro meses |
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La NRGC es un paso fundamental para asegurar que las firmas que realicen auditorías (o revisiones de estados financieros u otros encargos de aseguramiento o servicios relacionados) en México, operen con los más altos estándares de calidad y eficiencia. Las entidades no deben ver el cumplimiento de esta norma de revisión como obligación, sino como una oportunidad para mejorar la eficiencia, efectividad y reputación de sus servicios.
El contador público debe contar con experiencia, criterio prudencial y conocimientos técnicos actualizados que le permitan emitir un juicio profesional.
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