Originalmente enfocada al tratamiento de cambios contables y correcciones de errores, ahora se enfoca en una norma integral que establece las bases para la preparación de los estados financieros en su conjunto. Este cambio responde a la necesidad de alinear el marco mexicano con las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS, por sus siglas en inglés), particularmente con la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 8, Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores, y la IFRS 18, Presentación e información a revelar en los estados financieros; asimismo, se proporciona a los preparadores y usuarios un esquema de lineamientos que aseguren la relevancia, representación fiel y comparabilidad de la información financiera.
Un aspecto central de la nueva norma emitida es el fortalecimiento del juicio profesional como herramienta para la toma de decisiones contables, reconociendo que, en ausencia de normas particulares aplicables, la administración debe recurrir a un proceso estructurado que considere los requerimientos de normas similares, los conceptos del marco conceptual y, en su caso, la aplicación supletoria de otros marcos de información financiera formalmente reconocidos.
La versión anterior de la NIF B-1 se limitaba en el alcance, dando el tratamiento de los cambios contables y correcciones de errores, y funcionando como una norma de carácter correctivo ante situaciones específicas que afectaban la consistencia de la información financiera. En contraste, esta nueva versión adopta un enfoque más general al establecer los requisitos generales para la preparación de los estados financieros, convirtiéndose en una regla de base que complementa y da sustento a las NIF para transacciones particulares.
Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del término "cambio contable", que en la norma anterior agrupaba situaciones que eran de diferente tipo (con características y tratamientos contables distintos) como si fueran iguales.
La nueva NIF B-1 reconoce que los cambios en políticas contables, las modificaciones en estimaciones, las reclasificaciones y los cambios en la estructura de la entidad económica tienen implicaciones distintas y, por lo tanto, requieren tratamientos específicos.
Por primera vez en las NIF se establecen criterios definidos para la selección, aplicación, cambios y revelación de políticas contables. La norma reconoce que las políticas contables son el medio a través del cual las entidades presentan su situación económica en información financiera, por lo que su correcta determinación resulta esencial y útil para lograr una representación fiel.
En este sentido, la NIF B-1 introduce un orden claro para aquellos casos en los que no exista una norma particular aplicable. En esta situación, la administración debe recurrir (en orden de prelación) a los marcos normativos que aborden asuntos similares, a las definiciones y criterios de reconocimiento del marco conceptual de las NIF y a la aplicación supletoria de otros principios de contabilidad generalmente aceptados. Esta prelación sirve de apoyo al juicio profesional, que significa la decisión de la compañía respecto a la aplicación de sus políticas contables (donde existen posibilidades de elección) y contribuye a la utilidad de los estados financieros.
La norma mantiene y mejora el tratamiento de las estimaciones contables, reconociendo que su naturaleza es inherente e incierta, y que es necesario que su determinación se base en la información más reciente, confiable y disponible.
Se establece con claridad que los cambios en estimaciones no constituyen inconsistencias ni correcciones de errores, sino ajustes derivados de la obtención de nuevos elementos de juicio que deben aplicarse de forma prospectiva y analizarse de manera continua, al menos al cierre de cada periodo de información.
La NIF B-1 enfatiza que los estados financieros no cumplen con este marco normativo si contienen errores con la mera intención de generar un beneficio o interés particular, independientemente de su importancia relativa. Este requerimiento refuerza la característica cualitativa fundamental de representación fiel en lo referente a la veracidad y neutralidad de la preparación de la información financiera.
En cuanto a las reclasificaciones, se menciona un tratamiento específico que distingue aquellas que buscan mejorar la utilidad de la información (que deben tratarse como cambios en políticas contables con aplicación retrospectiva) de aquellas que corrigen errores, las cuales se sujetan a este concepto. Esta distinción permite un tratamiento contable acorde con la situación de cada operación.
Además, se mantiene el concepto de cambio en la estructura de la entidad económica. Este tipo de cambios modifica el entorno de consolidación de los estados financieros entre una entidad controladora y sus subsidiarias, afectando la comparabilidad de la información financiera presentada. La norma establece que estos cambios deben reconocerse de forma prospectiva, salvo que las NIF particulares aplicables dispongan algo diferente.
Una mejora significativa es la diferencia entre las revelaciones aplicables a las entidades que no son de interés público y aquellas que son exigibles únicamente a las entidades de interés público. Esta diferencia responde a la necesidad de proporcionar información más detallada a los usuarios y entidades que operan en contextos de marcos regulatorios.
La norma también precisa los criterios para determinar cuándo una política contable es importante y debe ser revelada. La información sobre políticas contables debe centrarse en cómo la entidad ha aplicado los requerimientos de las NIF a sus actividades, evitando tanto la omisión de datos relevantes como la inclusión de información innecesaria que pueda distorsionar la comprensión de los estados financieros.
El análisis expuesto permite apreciar la magnitud de los cambios incorporados en la NIF B-1 y su impacto en la preparación de los estados financieros. La ampliación de su alcance, la eliminación del término de cambio contable, la implementación del concepto de políticas contables y la precisión en el tratamiento de estimaciones, errores y reclasificaciones incorporan un nuevo escenario normativo que demanda de los preparadores de la información financiera un conocimiento más profundo y un ejercicio más estructurado del juicio profesional.
La norma no sólo actualiza criterios, sino que establece una base conceptual más sólida para garantizar que la información financiera cumpla con su propósito fundamental, es decir, ser útil para la toma de decisiones. En este contexto, resulta pertinente ofrecer una valoración en conjunto sobre lo que esta transformación normativa representa para la práctica contable en México y su aplicación en el entorno internacional.
La NIF B-1 establece requisitos para estructurar, preparar y presentar estados financieros; entrará en vigor en 2028, con aplicación anticipada en 2027.
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