Aspectos relevantes de la Ley General de Economía Circular

La Ley de Economía Circular y la Agenda 2030 buscan que los países, empresas y ciudadanos comprendan la importancia de la sostenibilidad y su relación con la economía.

Aspectos relevantes de la Ley General de Economía Circular


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C.P.C. José Luis Zamora Morales Socio de Auditoría en BHR Enterprise México, S.C.
Ética y sustentabilidad 07 de julio de 2023

En octubre de 2015 México firmó el convenio de colaboración para el seguimiento a la implementación de la Agenda 2030 en el país, así como el Pacto Mundial por medio de la Comisión Especial del Senado. Desde la fecha de la firma del convenio, pasaron seis años y 10 meses para que la Cámara de Senadores aprobara la Ley General de Economía Circular a nivel federal y siete años con cinco meses para que el Congreso de la Ciudad de México aprobara la ley en dicha entidad.

El objetivo de la ley es coadyuvar al cumplimiento de las metas de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Para cumplir con este acuerdo, los sectores público y privado se interrelacionan para acelerar el cumplimiento de las metas y de los ODS en el país.

Agrupación por categoría de los ODS establecidos en la Agenda 2030
Recursos y ecosistemas Fisiológicos Sociales Infraestructura
  • Fin de la pobreza

  • Hambre cero

  • Salud y bienestar

  • Educación de calidad

  • Igualdad de género

  • Trabajo decente y crecimiento económico

  • Paz, justicia e instituciones sólidas

  • Reducción de las desigualdades

  • Agua limpia y saneamiento

  • Energía asequible y no contaminante

  • Acción por el clima

  • Vida submarina

  • Vida de ecosistemas terrestres

  • Industria, innovación e infraestructura

  • Ciudades y comunidades sostenibles

  • Producción y consumo responsable

  • Alianza para lograr objetivos: gobiernos (mundial, federal, estatal y municipal) e iniciativa privada (sociedad, fundaciones, organizaciones sin fines de lucro, familias)

¿Cuáles son los antecedentes legales?

La Constitución mexicana en el artículo 4.° establece: “Es un derecho de los ciudadanos contar con un medio ambiente sano para su desarrollo”. Asimismo, en el artículo 32-bis, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se menciona: “Formular […] y evaluar la política en materia de recursos naturales”.

A nivel internacional, países como Alemania, España, Países Bajos, Gran Bretaña, Uruguay, Argentina, China y la Unión Europea han implementado la Ley de Economía Circular, así como medidas legales para cumplir con los compromisos y objetivos establecidos. Asimismo, las personas jurídicas, conocidas en el medio contable como personas morales, se cuestionan sobre qué deben hacer para cumplir con la ley.

El primer paso consiste en identificar la actividad preponderante para reconocer cuáles de los 61 artículos establecidos en la ley son aplicables a la entidad, todo esto con la finalidad de establecer las políticas, procedimientos y procesos que permitan la reutilización de sus materias primas, la disminución del uso de energía, o bien, el uso de energía sustentable; así como, a nivel corporativo, mejorar el bienestar de los colaboradores, comunidad y el cumplimiento de los derechos humanos.

Estas leyes y la Agenda 2030 buscan que países, empresas y ciudadanos comprendan la importancia de la sostenibilidad y cómo se relaciona con la responsabilidad de los accionistas y la economía circular.

La ley referida se integra por 12 capítulos:

  1. Disposiciones generales: comprende del artículo 1.° al 4.°; en el artículo 1.° se establece su obligatoriedad, en el artículo 2.° se describe el objeto de la ley y en el artículo 4.° se indican los cuatro principios de la economía circular.

  2. Atribución, distribución de competencias y coordinación de los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal): comprende del artículo 5.° al 12.°; en la fracción I del artículo 10.° se establece que las entidades federativas deben elaborar las políticas públicas para fomentar el cumplimiento de esta ley; en la fracción II se establece el fundamento donde las entidades federativas pueden establecer las leyes estatales para dar cumplimiento a esta ley. Con base en este artículo, el 14 de febrero de 2023 el Congreso de la Ciudad de México aprobó la Ley de Economía Circular.

  3. De las personas físicas y morales, organismos públicos y de sus actividades: comprende del artículo 13.° al 16.°; en el artículo 15.° se establece que, quienes tengan las cinco actividades mencionadas, deben presentar un plan de economía circular; si la entidad tiene alguna certificación que indique que se está cumpliendo con la ley, pueden registrarla ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y dar cumplimiento a lo establecido en este artículo.

  4. De las materias primas secundarias: en este capítulo (del artículo 17.° al 19.°) se indica que las materias primas podrán ser utilizadas por segunda vez y que los productos que no puedan reciclarse podrán transformarse en energía. Inicialmente, en el proyecto se manejaba como una obligación que debería transformarse en energía, al final quedó como una opción.

Las empresas deben identificar los procesos que permitan mejorar la reutilización de los inventarios, la utilización de energía sustentable y el ahorro en el uso de los recursos naturales.
  1. Del valor: comprende los artículos 20.° y 21.°; en el artículo 20.° se establece que los tres órdenes de gobierno motivarán a la producción de productos que puedan ser sujetos al reciclaje y, por lo tanto, desmotivarán la producción de productos que no puedan reciclarse; por ejemplo, algunas ciudades o municipios podrán permitir y facilitar establecerse a las empresas nacionales e internacionales en sus localidades para acceder a mercados que establezcan el mismo tipo de regulación y que ayuden a lograr los 17 ODS y el cumplimiento de la ley.

  2. De los incentivos fiscales y las actividades económicas: comprende del artículo 22.° al 25.°; en el artículo 22.° se menciona que el Poder Ejecutivo podrá establecer los incentivos fiscales para motivar a las entidades que, en sus procesos productivos, consideren reciclar las materias primas.

  3. De la información del manejo adecuado al final de la vida útil de los productos: comprende del artículo 26.° al 29.°; en el artículo 26.° se informa que los tres órdenes de gobierno indicarán el procedimiento para que las entidades tengan la obligación de publicar o informar sobre el manejo de productos al terminar su vida útil e incentivar el consumo responsable con respecto a los productos que vendan o comercialicen.

    Adicionalmente, el artículo 28.° indica que las personas físicas y morales que se dediquen a la comercialización de artículos electrónicos deberán cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) para atender lo establecido en el tratamiento de residuos.

  4. De la educación: comprende del artículo 30.° al 32.°; en este capítulo se da a conocer que los tres órdenes de gobierno promoverán la trascendencia de la fabricación y el uso de bienes, así como del reciclaje y el tratamiento de residuos.

Los sectores público y privado se deben interrelacionar para acelerar el cumplimiento de metas y de los ODS en el país.
  1. De los instrumentos de la ley: comprende del artículo 33.° al 44.°; en este capítulo se detallan los tres instrumentos de control y que quienes están obligados a la ley, cumplan con las metas, presentación de los planes y cumplimientos de las NOM aplicables.

  2. De los organismos operadores: comprende del artículo 45.° al 48.°; en el artículo 46.° se relacionan las 12 organizaciones que se consideran organismos operadores de la economía circular más las que indique la Semarnat.

  3. De los grupos informales de personas acopiadoras: comprende del artículo 49.° al 55.°; en el artículo 49.° se establece que los gobiernos municipales deben incluir en los programas de economía circular a los grupos informales que se dediquen al reciclaje; el artículo 52.° indica que el gobierno municipal debe tener una relación de las personas que se dediquen al aprovechamiento de subproductos con el objetivo de incrementar las condiciones laborales.

  4. De las sanciones administrativas y el recurso de revisión: comprende del artículo 56.° al 61.°; en este capítulo se establecen las sanciones que van de multas, la clausura definitiva y el arresto administrativo.

    El 9 de marzo de 2023 se envió al Senado el proyecto donde se hacen modificaciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT) y con lo cual se busca tener una igualdad en percepciones entre personas de diferente género efectuando la misma actividad, así como evitar despidos que estén relacionados con la discriminación (que es una de las tantas aristas que abarca la sostenibilidad).

La Constitución establece que es un derecho de los ciudadanos contar con un medio ambiente sano para su desarrollo.

Conclusiones

Como empresarios, desde 2021 se tuvo que considerar como parte de las obligaciones regulatorias lo establecido en la Ley General de Economía Circular; adicionalmente, desde el 28 de febrero se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la Ley de Economía Circular (entra en vigor al día siguiente de su publicación). Estas leyes y la Agenda 2030 buscan que los países, las empresas y los ciudadanos comprendan la importancia de la sostenibilidad y cómo se relaciona con la responsabilidad de los accionistas y la economía circular.

Además, las empresas deben identificar los procesos que permitan mejorar la reutilización de los inventarios, la utilización de energía sustentable y el ahorro en el uso de los recursos naturales con la finalidad de coadyuvar al cumplimiento de los 17 ODS en el año 2030; adicionalmente, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) está trabajando en establecer las NIF para presentarlas en auscultación en 2023. Un punto importante es la revelación dentro de los estados financieros de los indicadores que deben cumplir todas las entidades con la finalidad de obtener información que permita tomar decisiones normativas para dar cumplimiento a los ODS.

Como empresarios y ciudadanos, se deben entender las leyes (nacionales e internacionales) y exigir que se cumplan, así como exigir a los órdenes de gobierno que establezcan indicadores que permitan el avance; que implementen programas o modificaciones a la ley para llevar a cabo los compromisos establecidos y contribuir para tener un mejor planeta en donde vivir.



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