Año con año se presenta el informe sobre el uso de la facultad conferida al ejecutivo federal en materia arancelaria, el cual se respalda en el artículo 131.° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En dicho informe se detallan los cambios en materia de política arancelaria expedidos mediante decretos entre octubre de 2024 y septiembre de 2025.
En este contexto, se propone modificar las tasas y cuotas establecidas en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS) que se causa en la enajenación y en la importación de los bienes señalados en el artículo 2.° de dicho ordenamiento. Este impuesto ocupa el segundo lugar en la recaudación aduanera, seguido por los aranceles; por ende, el incremento de tasas impactará en una mayor captación tributaria en las aduanas mexicanas.
En la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el ejercicio fiscal de 2026 se establece que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuperará los fondos del fideicomiso del derecho de trámite aduanero, el cual había sido transferido a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) el año de su creación.
En la Ley Federal de Derechos aumentan los relativos a:
Por su parte, en el Código Fiscal de la Federación (CFF) se presentan diversas adiciones:
Aunado a lo anterior, se propone reformar el artículo 105.° (fracción I) para equiparar el delito de contrabando a quienes enajenen, comercien, adquieran o tengan en su poder (por cualquier título) mercancía extranjera que no sea de uso personal, cigarros, tabacos y productos con nicotina que no tengan impreso el código de seguridad que la LIEPS establece, o bien, este sea apócrifo o se encuentre alterado; asimismo, en la fracción XVII se equipara a contrabando la certificación falsa de origen utilizada para importar mercancías bajo trato arancelario preferencial a quien tenga el carácter de importador de mercancías.
Por otro lado, fuera del Paquete Económico 2026, el 10 de septiembre fueron presentados algunos proyectos al Congreso de la Unión para su discusión.
Se presentó el proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, donde se endurece el marco normativo que regula la función de los agentes y agencias aduanales; se delimitan beneficios en regímenes aduaneros de diferimiento; se establece el registro de empresas de mensajería para despacho simplificado; se eleva a ley la obligación de contar con un expediente de soporte de valor en aduana de mercancías de importación; y se incrementan (de manera considerable) diversas multas por infracciones aduaneras.
Asimismo, también se presentó el proyecto de decreto por el que se reforman diversas fracciones arancelarias de la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE), aumentando aranceles del 25 y hasta el 35% a más de 1,000 mercancías ubicadas en los capítulos 33, 34, 39, 40, 42, 48, del 50 al 64, 69, 70, 72, 73, 76, 83 al 85, 87, 90 y del 94 al 96 del artículo 1.° de la citada ley.
Las reformas al CFF, a la Ley Aduanera y el aumento de aranceles propuestos en la LIGIE tienen como objetivo elevar aún más la recaudación, la cual presenta una tendencia a la alza durante los últimos cinco años, generando el 27% de los ingresos tributarios de forma anual.
En el mismo sentido, las reformas propuestas buscan elevar la percepción del riesgo a los operadores de comercio exterior, subiendo las sanciones y endureciendo las consecuencias punitivas a conductas ilegales detectadas por las autoridades fiscales hacia los contribuyentes que importan, exportan, almacenan o transportan mercancías.
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