Repatriación de capitales como parte del Paquete Económico 2026

El incentivo principal del programa de repatriación de capitales es la aplicación de una tasa preferencial del 15% del ISR sobre los recursos retornados.

Repatriación de capitales como parte del Paquete Económico 2026


N45531
Mtra. Graciela Nichols Martínez Asesora legal fiscal internacional en Nichols, Domínguez, Velázquez & Asociados
Internacional 01 de octubre de 2025

Como parte del Paquete Económico 2026, el Gobierno federal ha propuesto un nuevo programa de repatriación de capitales, cuyo objetivo principal es incentivar el retorno de recursos mantenidos en el extranjero por personas físicas y morales. A diferencia de esquemas anteriores, esta iniciativa introduce reglas más estrictas, vinculadas directamente a la inversión productiva en el país, con el fin de no sólo incrementar la recaudación fiscal, sino también detonar el crecimiento económico sostenible.

Este programa busca aprovechar el potencial económico de los capitales externos para fortalecer sectores estratégicos y promover un desarrollo regional equilibrado; además, se plantea como una herramienta para crear un panorama más atractivo para la inversión (tanto nacional como extranjera).

Podrán acogerse al programa de repatriación los siguientes contribuyentes:

  • Personas físicas y morales con residencia fiscal en México.
  • Contribuyentes con ingresos sujetos a Regímenes Fiscales Preferentes (Refipres).
  • Personas físicas o morales que posean recursos de origen lícito, no declarados previamente, generados tanto en México como en el extranjero, siempre que hayan sido obtenidos antes del 8 de septiembre de 2025.
  • El retorno de los fondos deberá efectuarse, a más tardar, el 31 de diciembre de 2026, exclusivamente a través del sistema financiero mexicano.

No podrán participar en el programa:

  • Contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
  • Aquellos incluidos en el listado del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) por presunción de realizar operaciones inexistentes.
  • Recursos provenientes de jurisdicciones de alto riesgo identificadas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), tales como Mónaco, Islas Vírgenes Británicas o Corea del Norte.

Cabe destacar que los contribuyentes que se encuentren sujetos a una auditoría fiscal al momento de la entrada en vigor del programa podrán acceder al mismo, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Beneficio fiscal

El incentivo principal del programa es la aplicación de una tasa preferencial del 15% del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre los recursos retornados, sin posibilidad de realizar deducciones, acreditamientos o compensaciones. Este impuesto deberá pagarse dentro de los 15 días hábiles posteriores al retorno de los fondos al país. El gravamen pagado se considerará definitivo y único, y no será acumulable para efectos fiscales.

Asimismo, se considerarán cumplidas las obligaciones tributarias relacionadas con los recursos repatriados. En el caso de las personas morales, si los recursos repatriados son utilizados para distribuir dividendos entre accionistas o socios, se deberá pagar un 20% adicional del ISR sobre los dividendos.

Este esquema ofrece, además, certeza jurídica al contribuyente, ya que el cumplimiento de los requisitos del programa elimina contingencias fiscales relacionadas con los fondos regularizados.

Que el nuevo programa de repatriación de capitales prospere dependerá de dos factores clave: la respuesta del contribuyente y la eficiencia del Gobierno en su implementación.

Inversión obligatoria

Una de las principales diferencias respecto de esquemas anteriores es que los recursos deberán ser invertidos en México y permanecer en el país durante un mínimo de tres años.

El plazo máximo para ejecutar dicha inversión será el 30 de junio de 2027, de acuerdo con la fecha en la que se haya realizado el retorno de los fondos. Ahora bien, las opciones autorizadas de inversión son:

  • Adquisición de activo fijo deducible para el ISR.
  • Compra de terrenos y construcciones ubicadas en México.
  • Financiamiento de proyectos de innovación, investigación y desarrollo tecnológico.
  • Inversión en capacitación y profesionalización del personal.
  • Pago de pasivos fiscales a favor del Gobierno federal.
  • Compra de bonos de deuda gubernamental.
  • Inversiones en sectores estratégicos como producción y distribución alimentaria; infraestructura (carreteras, ferrocarriles, puertos y aeropuertos); salud, agua potable y tratamiento de aguas residuales; educación, vivienda y energías limpias.

Este enfoque busca no sólo la regularización fiscal, sino un impacto económico directo en empleo, productividad y desarrollo regional del país.

Ahora bien, México no es ajeno a este tipo de esquemas. En 2017 se implementó un programa similar de repatriación de capitales como parte de una estrategia orientada a incrementar la recaudación y regularizar recursos mantenidos en el extranjero. Dicha iniciativa ofreció una tasa preferencial del 8% del ISR, lo cual incentivó el retorno de más de 384,000 millones de pesos, una cifra significativa en términos fiscales y financieros.

No obstante, aquel programa careció de mecanismos efectivos para verificar el destino final de los recursos, lo que limitó su impacto estructural en la economía nacional. Una proporción importante de los fondos repatriados no se canalizó hacia sectores productivos (infraestructura, innovación o desarrollo regional), sino que permaneció en instrumentos financieros de bajo impacto económico, o bien, fueron retirados posteriormente del sistema financiero mexicano. Esta ausencia de control y seguimiento generó críticas sustanciales y evidenció la necesidad de condicionar los beneficios fiscales a compromisos tangibles de inversión.

En respuesta a esta experiencia, el nuevo programa de repatriación incorpora las lecciones aprendidas y propone un diseño más robusto, basado en condiciones claras, medibles y obligatorias para los contribuyentes que deseen acogerse al esquema.

Comparativa internacional

Diversos países han implementado programas de repatriación de capitales con distintos grados de éxito:

  • Italia (2009): lanzó un programa con incentivos fiscales y amnistías parciales, obteniendo retornos considerables, pero también críticas por su impacto limitado en la economía real.
  • EUA (2017): a través de la Ley de Reducción de Impuestos y Empleos se redujeron temporalmente las tasas aplicables a la repatriación de utilidades corporativas, lo que generó el retorno de miles de millones de dólares en capital.
  • Argentina (2016–2017): su programa de blanqueo de capitales permitió la regularización de más de 100,000 millones de dólares, aunque enfrentó cuestionamientos por su escasa fiscalización posterior.
La repatriación de capitales es una estrategia de desarrollo económico orientada a fomentar la inversión y promover la estabilidad financiera a largo plazo.

Desafíos y riesgos

A pesar del potencial que representa el nuevo esquema de repatriación de capitales, subsisten riesgos relevantes que deben ser gestionados con cautela para asegurar su efectividad.

  • Fiscalización limitada: si las autoridades no implementan mecanismos adecuados para verificar el cumplimiento de los compromisos de inversión asumidos por los contribuyentes, existe el riesgo de que el programa se convierta en una simple vía para regularizar fondos, sin que ello se traduzca en beneficios económicos tangibles para el país.
  • Desconfianza institucional: algunos contribuyentes podrían optar por no adherirse al programa ante el temor de posibles represalias fiscales en el futuro o del uso indebido de la información que proporcionen en el proceso de regularización. Esta percepción puede reducir significativamente la participación y limitar el impacto del esquema.

Objetivos estratégicos

El nuevo programa de repatriación está diseñado con una doble finalidad que responde tanto a necesidades económicas como fiscales.

En primer lugar, busca impulsar la inversión interna mediante la canalización de los recursos repatriados hacia sectores estratégicos de alto impacto social y económico. Al exigir que los fondos se apliquen en actividades productivas dentro del país, el diseño del esquema favorece el desarrollo regional, la generación de empleo y la modernización tecnológica.

En segundo término, se tiene el objetivo de incrementar la recaudación con certeza jurídica. A pesar de ofrecer una tasa impositiva reducida, se espera captar ingresos fiscales adicionales sin recurrir a litigios prolongados, lo que brinda seguridad jurídica tanto al contribuyente como a la autoridad fiscal.

Conclusiones

Que el nuevo programa de repatriación de capitales prospere dependerá de dos factores clave: la respuesta de los contribuyentes y la eficiencia del Gobierno en su implementación. Si ambos se cumplen, este esquema podría convertirse en un instrumento eficaz para detonar inversión y dinamizar sectores prioritarios.

Más allá de un incentivo fiscal, esta iniciativa representa una estrategia de desarrollo económico, orientada a atraer recursos, fomentar la inversión productiva y promover la estabilidad financiera de largo plazo.icono final



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