Este programa busca aprovechar el potencial económico de los capitales externos para fortalecer sectores estratégicos y promover un desarrollo regional equilibrado; además, se plantea como una herramienta para crear un panorama más atractivo para la inversión (tanto nacional como extranjera).
Podrán acogerse al programa de repatriación los siguientes contribuyentes:
No podrán participar en el programa:
Cabe destacar que los contribuyentes que se encuentren sujetos a una auditoría fiscal al momento de la entrada en vigor del programa podrán acceder al mismo, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
El incentivo principal del programa es la aplicación de una tasa preferencial del 15% del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre los recursos retornados, sin posibilidad de realizar deducciones, acreditamientos o compensaciones. Este impuesto deberá pagarse dentro de los 15 días hábiles posteriores al retorno de los fondos al país. El gravamen pagado se considerará definitivo y único, y no será acumulable para efectos fiscales.
Asimismo, se considerarán cumplidas las obligaciones tributarias relacionadas con los recursos repatriados. En el caso de las personas morales, si los recursos repatriados son utilizados para distribuir dividendos entre accionistas o socios, se deberá pagar un 20% adicional del ISR sobre los dividendos.
Este esquema ofrece, además, certeza jurídica al contribuyente, ya que el cumplimiento de los requisitos del programa elimina contingencias fiscales relacionadas con los fondos regularizados.
Una de las principales diferencias respecto de esquemas anteriores es que los recursos deberán ser invertidos en México y permanecer en el país durante un mínimo de tres años.
El plazo máximo para ejecutar dicha inversión será el 30 de junio de 2027, de acuerdo con la fecha en la que se haya realizado el retorno de los fondos. Ahora bien, las opciones autorizadas de inversión son:
Este enfoque busca no sólo la regularización fiscal, sino un impacto económico directo en empleo, productividad y desarrollo regional del país.
Ahora bien, México no es ajeno a este tipo de esquemas. En 2017 se implementó un programa similar de repatriación de capitales como parte de una estrategia orientada a incrementar la recaudación y regularizar recursos mantenidos en el extranjero. Dicha iniciativa ofreció una tasa preferencial del 8% del ISR, lo cual incentivó el retorno de más de 384,000 millones de pesos, una cifra significativa en términos fiscales y financieros.
No obstante, aquel programa careció de mecanismos efectivos para verificar el destino final de los recursos, lo que limitó su impacto estructural en la economía nacional. Una proporción importante de los fondos repatriados no se canalizó hacia sectores productivos (infraestructura, innovación o desarrollo regional), sino que permaneció en instrumentos financieros de bajo impacto económico, o bien, fueron retirados posteriormente del sistema financiero mexicano. Esta ausencia de control y seguimiento generó críticas sustanciales y evidenció la necesidad de condicionar los beneficios fiscales a compromisos tangibles de inversión.
En respuesta a esta experiencia, el nuevo programa de repatriación incorpora las lecciones aprendidas y propone un diseño más robusto, basado en condiciones claras, medibles y obligatorias para los contribuyentes que deseen acogerse al esquema.
Diversos países han implementado programas de repatriación de capitales con distintos grados de éxito:
A pesar del potencial que representa el nuevo esquema de repatriación de capitales, subsisten riesgos relevantes que deben ser gestionados con cautela para asegurar su efectividad.
El nuevo programa de repatriación está diseñado con una doble finalidad que responde tanto a necesidades económicas como fiscales.
En primer lugar, busca impulsar la inversión interna mediante la canalización de los recursos repatriados hacia sectores estratégicos de alto impacto social y económico. Al exigir que los fondos se apliquen en actividades productivas dentro del país, el diseño del esquema favorece el desarrollo regional, la generación de empleo y la modernización tecnológica.
En segundo término, se tiene el objetivo de incrementar la recaudación con certeza jurídica. A pesar de ofrecer una tasa impositiva reducida, se espera captar ingresos fiscales adicionales sin recurrir a litigios prolongados, lo que brinda seguridad jurídica tanto al contribuyente como a la autoridad fiscal.
Que el nuevo programa de repatriación de capitales prospere dependerá de dos factores clave: la respuesta de los contribuyentes y la eficiencia del Gobierno en su implementación. Si ambos se cumplen, este esquema podría convertirse en un instrumento eficaz para detonar inversión y dinamizar sectores prioritarios.
Más allá de un incentivo fiscal, esta iniciativa representa una estrategia de desarrollo económico, orientada a atraer recursos, fomentar la inversión productiva y promover la estabilidad financiera de largo plazo.
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