¿Cómo recuperar el saldo a favor de la declaración anual 2024?

Para que las personas físicas recuperen saldos a favor de la declaración anual 2024, es necesario ingresar al portal del SAT y suministrar ciertos datos.

¿Cómo recuperar el saldo a favor de la declaración anual 2024?


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L.C.P. Roberto Vázquez Valdez Socio director en Rote & Fiscal Emprende, S.C.
Fiscal 01 de julio de 2025

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado que, durante 2025, la cifra de devoluciones alcanzó un total de 35,335 millones de pesos; sin embargo, dentro de varios foros y medios de comunicación (sobre todo, de los contribuyentes) se ha hecho mención del rechazo de saldos a favor en declaraciones anuales de personas físicas de 2024.

Ahora bien, el rechazo no es una negación definitiva para recuperar los saldos a favor, pues los contribuyentes pueden ejercer su derecho y recuperarlos; inclusive, se pueden obtener los generados en los últimos cinco años.

Si el contribuyente persona física desea recuperar estos saldos, deberá ejercer el derecho vía una solicitud de devolución, siguiendo el procedimiento considerado en el artículo 22.° del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la ficha de trámite 9/CFF, Solicitud de devolución de saldos a favor y pagos de lo indebido, Auditoría Fiscal Federal o Auditoría de Comercio Exterior.

Es indispensable que el contribuyente cuente con la información suficiente y correcta para que sus posibilidades de recuperar saldos a favor sean altas; asimismo, se debe considerar que el trámite puede durar 40 días hábiles o más, dependiendo de cada caso particular y si la autoridad fiscal requiere información adicional para validar el origen del saldo a favor.

Se debe cumplir con toda la información y documentación que acredite que efectivamente se generó dicho saldo a favor en la declaración anual 2024 por concepto del ISR.

En este sentido, los contribuyentes (personas físicas bajo el régimen de sueldos y salarios) deben revisar los conceptos que se detallan:

  • Comprobantes de nómina: se deben revisar con detalle los comprobantes de nómina (de todo 2024) que les emitió su empleador o empleadores. Los conceptos a considerar se identifican como:
    • Total de percepciones
    • Impuesto Sobre la Renta (ISR) retenido
    • Deducciones
    • Neto del recibo
    • Trazabilidad con el estado de cuenta bancario
  • Puedes apoyarte en el siguiente papel de trabajo a fin de facilitar la comprensión del punto anterior.

  • Deducciones personales: los contribuyentes deben revisar con detalle los conceptos de deducciones, sobre todo, la forma en que fueron pagados (transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito o débito de una cuenta a su nombre). Es necesario considerar que sólo son deducibles los siguientes conceptos:
    • Gastos médicos
    • Créditos hipotecarios
    • Prima de gastos médicos mayores
    • Gastos funerarios
    • Donativos
    • Colegiaturas
    • Aportaciones complementarias de retiro
    • Gastos de transporte escolar
    • Cuentas especiales y personales de retiro

Es importante considerar que, además de verificar la limitante, la cual no debe exceder de cinco UMA anuales (equivalentes a 198,032 pesos) o 15% del total de sus ingresos, se deben corroborar ciertos datos en sus comprobantes fiscales por deducciones personales:

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)
  • Forma de pago
  • Código postal

En caso de que esta información no sea correcta, o bien, que se haya pagado en efectivo, no se podrán considerar deducciones personales y es posible que no se tenga un saldo a favor.

En las deducciones personales también se debe elaborar un papel de trabajo con la trazabilidad del estado de cuenta que contenga: fecha de emisión, folio fiscal, RFC del emisor y nombre, concepto de la deducción, uso de CFDI, tipo de deducción, importe, Impuesto al Valor Agregado (IVA), total, fecha de pago, número de cuenta bancaria de pago, forma de pago e importe, y referencia con el estado de cuenta.

Algunos de los requisitos adicionales son la firma electrónica (e.firma), buzón tributario activo, correo electrónico y número de teléfono móvil. La información que se adjunta debe ser a través de una carpeta comprimida en formato zip. Es necesario considerar los estados de cuenta donde se recibieron los ingresos y se pagaron las deducciones personales. Por otro lado, además de la presentación impresa de los recibos de nómina, deducciones personales y estados de cuenta, se deberán proporcionar en formato PDF.

Es indispensable que el contribuyente cuente con la información suficiente y correcta para que sus posibilidades de recuperar estos saldos a favor sean altas.

Aunado a lo referido, se debe elaborar un escrito libre firmado por el contribuyente que contenga ciertos elementos:

  • Autoridad a la que se presenta la solicitud
  • Datos generales (nombre, RFC, domicilio fiscal para recibir notificaciones, correo electrónico y número de teléfono)
  • Antecedentes
  • Manifestaciones respecto de ingresos y deducciones personales (incluir papeles de trabajo, así como CFDI para cada concepto)
  • Papel de determinación del ISR

Consulta el siguiente Manual para solicitar la devolución de saldos a favor, el cual paso a paso, te ayudará para que lleves a cabo dicha solicitud en el portal del SAT.

Conclusiones

La negativa de devolución para algunos contribuyentes personas físicas no se trata de una pérdida de los saldos a favor; por ende, se debe cumplir con toda la información y documentación mediante la cual se acredite que efectivamente se generó dicho saldo a favor en la declaración anual 2024 por concepto del ISR.

En los casos en los que sólo exista error en el número de cuenta bancaria, bastará con actualizar en el trámite de solicitud la clave interbancaria y el estado de cuenta correspondiente (a nombre del contribuyente), el cual no debe ser mayor a dos meses.icono final



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