Semanas después, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) hizo obligatoria la e.firma en los procesos de contratación de obra pública, adquisición de bienes, arrendamientos y prestación de servicios; asimismo, el empleador utiliza esta identificación electrónica para ingresar al Portal Empresarial. El tema redefine quién firma, con qué credencial y bajo qué responsabilidad; desatenderlo puede detener la operación de nómina.
El acuerdo fue aprobado por el H. Consejo Técnico del IMSS el 29 de junio de 2026 y entró en vigor el 17 de julio. Los efectos más importantes son los siguientes:
En el Infonavit, la convergencia se construyó de forma gradual. El registro del representante legal en el Portal Empresarial se valida con la e.firma de la empresa, y los servicios de intercomunicación, dirigidos a patrones con software de nómina, requieren ese mismo instrumento. A ello se sumó que, desde el 1.° de agosto de 2026, el instituto volvió obligatoria esta identificación electrónica en la contratación de obra, adquisiciones, arrendamientos y servicios, esto tras un piloto autorizado en diciembre de 2025.
Compartir los archivos de la e.firma con el área de nómina o con un proveedor no traslada la responsabilidad, pues los actos se atribuyen a su titular.
El efecto conjunto es un cambio de naturaleza: la e.firma abandona su papel de credencial fiscal para operar como identidad digital única de la empresa frente al Estado. Ello aporta trazabilidad y reduce el riesgo de suplantación, pero concentra en un par de archivos (.cer y .key) y una contraseña la capacidad de declarar impuestos, timbrar nómina y mover trabajadores; la simplificación es, a la vez, un riesgo que se debe administrar.
| Comparativo del esquema de autenticación patronal | ||
| Elemento | Esquema anterior | Esquema vigente a partir del 14 de octubre de 2026 |
| Credencial | NPIE y certificado del IMSS | e.firma emitida por el SAT |
| Emisor | IMSS | SAT |
| Vigencia | Administrada por el IMSS | Cuatro años (renovable) |
| Alcance | Trámites ante el IMSS | IMSS, Infonavit, SAT y otras dependencias |
| Representantes | Acreditación documental | Vinculación en línea con firma conjunta |
| Riesgo asociado | Acotado a lo afiliatorio | Integral (fiscal y de seguridad social) |
A partir de la entrada en vigor del acuerdo referido, lo que se debe tomar en cuenta con respecto a la e.firma es lo siguiente:
| Fecha de 2026 | Hecho relevante |
| 29 de junio | Aprobación del acuerdo por el H. Consejo Técnico del IMSS. |
| 16 de julio | Publicación en el DOF. |
| 17 de julio | Entrada en vigor; coexisten NPIE y e.firma. |
| 1.º de agosto | Firma electrónica obligatoria en contrataciones del Infonavit. |
| 13 de octubre | Concluye el periodo de transición. |
| 14 de octubre | La e.firma pasa a ser el único medio de autenticación. |
Los avisos de inscripción, baja y modificación de salario deben presentarse en plazos no mayores a cinco días hábiles, conforme al artículo 15.° de la Ley del Seguro Social (LSS); asimismo, se aclara que un certificado vencido no suspende ese cómputo. Las sanciones por incumplimiento afiliatorio se ubican, según los artículos 304-A y 304-B, entre 20 y 350 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); es decir, considerando su valor diario vigente de 117.31 pesos, las infracciones oscilarían entre 2,346.20 y 41,058.50 pesos. En una empresa de 300 trabajadores con rotación mensual del 4%, 12 movimientos detenidos una semana por una e.firma caduca superan los 28,000 pesos de contingencia, sin contar recargos ni el efecto en la opinión de cumplimiento.
El certificado es personal e intransferible, de modo que compartir los archivos con el área de nómina o con un proveedor no traslada la responsabilidad: los actos se atribuyen a su titular.
Además, conviene precisar en los contratos de nómina el alcance del mandato, exigir acuses y evitar la cesión de la llave privada; cuando un despacho opera los movimientos, la vía correcta es vincularlo como representante en el Escritorio Virtual. La vigencia de los certificados debe incorporarse al calendario de cumplimiento.
El Consejo Técnico del IMSS instruyó a la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico para efectuar las adecuaciones necesarias; asimismo, encargó a la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante la Unidad de Incorporación al Seguro Social, resolver las dudas o formular las aclaraciones que las unidades administrativas del instituto presenten sobre su aplicación.
El acuerdo no detalla los procedimientos técnicos de migración ni establece un calendario adicional. La información confirmada se limita al periodo de transición de 90 días naturales y a la adopción de la e.firma emitida por el SAT como certificado digital para los actos electrónicos comprendidos por la disposición.
La e.firma quedó consolidada como estándar único de identidad digital patronal ante el IMSS y el Infonavit. El 13 de octubre de 2026 constituye un punto de no retorno operativo, ya que después de esa fecha, la falta de un certificado vigente o de una vinculación correcta no será una molestia administrativa, sino la imposibilidad material de presentar movimientos afiliatorios en tiempo.
Para la profesión contable, el cambio trasciende lo administrativo. La gestión de certificados digitales se convierte en un componente de control interno con impacto fiscal, laboral y de responsabilidad legal que exige inventarios, calendarios de vencimiento y evidencia documental. El valor del asesor está en anticipar vencimientos, ordenar la vinculación de representantes y documentar la custodia antes de que un archivo caduco interrumpa la operación.
Cuando el SAT detecta inconsistencias antes que la empresa, revela fallas en la calidad de la información, el control interno y el gobierno corporativo.
Luis Leonardo López JuárezLos dictámenes del IMSS e Infonavit requieren una auditoría previa bien soportada, con información suficiente, revisión de riesgos y documentación oportuna.
Nelly Magdalena Hormigo MartínezEl SIRCE permite acreditar ante la STPS la capacitación laboral, reducir riesgos y fortalecer la evidencia documental ante una eventual inspección.
Margarita Yaret González HernándezMantener vigente y resguardada la e.firma permite presentar declaraciones, emitir CFDI, activar el buzón tributario y solicitar devoluciones fiscales.
Juan Alberto Morales Mar© 2026 Colegio de la Contaduría Pública de México, A.C.
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