Aspectos relevantes del Impuesto Sobre Nómina en contribuciones locales

En las contribuciones locales es importante analizar detenidamente el correcto pago del Impuesto Sobre Nómina para evitar problemas con las autoridades.

Aspectos relevantes del Impuesto Sobre Nómina en contribuciones locales


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Mtro. Eduardo Arturo Cruz Quintero Gerente en Tax Solution Value
Seguridad social 15 de abril de 2024

Una parte fundamental o enlace entre las áreas de seguridad social y las contribuciones locales es el trabajador y las remuneraciones que éste percibe, las cuales, a su vez, sirven de base para el cálculo del Salario Base de Cotización (SBC) en materia de seguridad social, o bien, para considerarse o no en la base del pago del Impuesto en Contribuciones Locales. Por ello, es importante analizar detenidamente su correcto pago para evitar problemas a futuro con las autoridades o conflictos innecesarios entre las partes.

Para efectos de seguridad social, cuando un patrón tiene trabajadores a su cargo, tiene, entre otras, las siguientes obligaciones:

  • Registrarse como patrón
  • Registrar a sus trabajadores
  • Determinar las cuotas obrero-patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
Las contribuciones locales, así como las aportaciones que se deben cubrir al seguro social, son de suma importancia en las finanzas de todas las empresas que tienen trabajadores a su cargo.

Tal como se establece en materia de seguridad social, los sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio son: los trabajadores, los socios de sociedades cooperativas, aquellos que determine el Ejecutivo federal y las personas trabajadoras del hogar.

Contribuciones locales
En las contribuciones locales se debe considerar que, para efectos del pago del Impuesto Sobre Nómina o erogaciones (ISN), dicho impuesto se encuentra vigente en las 32 entidades federativas del país. En todos los casos se establecen los elementos de las contribuciones: objeto, sujeto, base gravable, tasa y época de pago. En ciertos estados se aplica una retención de este impuesto para algunos sujetos que se ubiquen en el supuesto generador.

De manera general y dependiendo de lo establecido en cada entidad federativa, los pagos efectuados por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado son los que determinan si son o no gravados para determinar la base del pago. Por lo tanto, son dichos pagos los que se estimarán como asimilados a estas remuneraciones y los que no serán considerados como tales.

Relación de trabajo

En este sentido, es importante mencionar que para que exista el pago de una remuneración, debe haber un trabajador y un patrón con una relación laboral, tal como lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Corredor interoceánico del Istmo de Tehuantepec

Por lo anterior, debe entenderse por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen; es decir, es la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona mediante el pago de un salario. En este sentido, es importante mencionar que, una vez que se conjuntan los elementos de la relación laboral (trabajador y patrón), así como las remuneraciones pagadas, se debe pagar el ISN. No obstante, en cada entidad federativa se debe abonar con una tasa o tarifa, tal como se muestra a continuación:

Entidad federativa 2024 Tasa o tarifa
Colima, Guerrero y Morelos 2%
Aguascalientes, Baja California Sur y Tabasco 2.5%
Campeche, Coahuila, Ciudad de México, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas 3%
Veracruz 3 + 15% Sobre tasa
Zacatecas 3 + 10% Sobre tasa
Chihuahua 3 + 4% Sobre tasa
Quintana Roo 4%
Baja California 4.25%
Chiapas 2 + 6% Sobre tasa
Sinaloa 2.4 a 3% Tarifa
Durango 3 + 40% Sobre tasa

Un aspecto muy importante en el pago de contribuciones locales y aportaciones de seguridad social, tal como se ha comentado, es el sujeto y las remuneraciones. Por lo tanto, para que exista el pago de una remuneración, debe haber un sujeto (un trabajador) que perciba la remuneración.

A su vez, en cada legislación estatal se establece quiénes son los sujetos y las remuneraciones que se deben acumular o exentar de la base del pago, tal como lo establece el Código Fiscal de la Ciudad de México. Dicha regulación indica que no se causará el ISN por las erogaciones que se realicen por concepto de remuneraciones de personas trabajadoras del hogar; esto siempre que se cubran los requisitos que para tales efectos correspondan, por ejemplo:

  • Estar registrados debidamente en la contabilidad del patrón.
  • Cumplir con requisitos de forma, es decir, deben estar debidamente soportados (documentalmente).
Una parte fundamental o enlace entre las áreas de seguridad social y las contribuciones locales es el trabajador y las remuneraciones que percibe.

Es importante verificar, de manera integral, cada disposición estatal para efectos del pago de un derecho o impuesto. El sujeto, objeto, base, tasa o tarifa que les aplique a cada estado, deben ser considerados para no determinar de forma incorrecta el pago que corresponda enterar (de manera local o federal).

Conclusiones

Las contribuciones locales, en lo que respecta al ISN, así como las aportaciones que se deben cubrir al seguro social, son de los renglones más importantes en las finanzas de todas las empresas que tienen trabajadores a su cargo. Cumplir adecuadamente con las obligaciones en esta materia representa un gran reto para las compañías en México, esto debido a la complejidad de los ordenamientos y las actualizaciones que cada estado efectúa con respecto a agregar o disminuir exenciones, tasas o tarifas.

También se debe tener una actualización constante de todas las personas que intervienen en el proceso de contratación, pago y determinación de impuestos, lo que minimiza el riesgo de algún incumplimiento ante las las autoridades.icono final



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