Outsourcing: cumplimiento del Repse y su aplicación

El Repse tiene una vigencia de tres años contados a partir de su autorización y es obligatoria su renovación para evitar la cancelación del registro.

Outsourcing: cumplimiento del Repse y su aplicación práctica


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L.C.P.I. Juan Alberto Morales Mar SOCIO en J.A. DEL RIO, S.C.
Seguridad social 24 de febrero de 2025

La subcontratación de personal (outsourcing) en México ha sido una práctica común desde hace varios años y, tras algunos intentos fallidos por regularla, en el ejercicio fiscal 2021 se llevó a cabo la reforma laboral que modificó la Ley Federal del Trabajo (LFT) y, con ello, prohibió, de una vez por todas, la subcontratación laboral, aunque con ciertas excepciones. Estas excepciones permiten la subcontratación de servicios, pero sólo en casos específicos y, siempre y cuando, los prestadores de servicios se encuentren registrados para tal fin.

Es por lo anterior que nace el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse), el cual tiene como objetivo, en palabras de la propia autoridad laboral, identificar, registrar, regular y fiscalizar a los prestadores de servicios que ofrezcan servicios que se consideran especializados. Desde su implementación, el Repse ha cambiado las directrices de la prestación de servicios en México y ha revolucionado el ambiente de cumplimiento fiscal y laboral del país.

El proceso del Repse podría evolucionar hacia un esquema más simple de cumplimiento, con información precargada y con un ambiente digital interconectado.

Finalidad del Repse

Como bien se ha mencionado, la reforma a la LFT termina por prohibir el outsourcing, pero también permite la subcontratación de ciertos servicios en casos específicos (servicios especializados). Y aunque tal concepto no queda claramente definido en las leyes laborales o fiscales aplicables, se puede interpretar que es aquel servicio que es prestado por un contratista registrado en el Repse a un contratante; asimismo, que dicho contratista pone a disposición del contratante a su propio personal al momento de prestar el encargo, esto sin que exista subordinación de por medio, y que el mencionado servicio no forme parte del objeto social del contratante.

Ahora que el Repse es una realidad y que, después de tres años de su implementación, siguen surgiendo dudas sobre su funcionamiento y aplicación práctica, es necesario saber todas y cada una de las obligaciones a cumplir. Asimismo, se deben evaluar desde diferentes perspectivas los servicios que se prestarán bajo la modalidad de especializados para llevar a cabo un registro exitoso y cumplir, de manera cabal, con los preceptos legales aplicables.

Al ser un prestador de servicios y que estos se consideren como especializados, antes de solicitar el registro ante el Repse, se debe considerar lo siguiente:

Aspectos repse
  1. Asegurarse de que los servicios a prestar y las actividades a desarrollar sean consideradas como especializadas, que no formen parte del objeto social del cliente y reunir toda la documentación solicitada por el registro, incluidos el acta constitutiva, poder notarial y los contratos de servicios que regirán la relación de ambas partes. Lo anterior evitará retrasos en el proceso de registro, sanciones pecuniarias por parte de las diferentes autoridades, así como limitaciones en deducciones y acreditamientos en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), respectivamente.
  2. Enlistar todas y cada una de las actividades que los trabajadores realizarán en el servicio prestado a los clientes, así como los lugares donde dichas actividades serán desarrolladas. Esto es importante, ya que, en caso de alguna inspección por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), se pueda probar, de manera fehaciente, que el personal que se encuentra asignado al centro de trabajo del cliente no se considera como trabajador de éste.
  3. Asegurarse de estar al corriente con todas las obligaciones fiscales, incluidas las patronales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y aquellas administradas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). No estar al corriente o tener una opinión negativa por parte de alguna de las administraciones tributarias es motivo de rechazo ante el Repse.
  4. Que las actividades y servicios a prestar se encuentren registrados en la Constancia de Situación Fiscal para efectos del SAT y que sean las mismas para efectos de la determinación de la prima de riesgo que administra el IMSS.
  5. A partir de la prestación del servicio, el cliente es responsable solidario de las obligaciones que se tienen para con los colaboradores; por tal motivo, es de suma importancia verificar la documentación que ampare el registro con el fin de evitar contingencias o molestias por parte de la autoridad hacia el cliente.
  6. La autoridad laboral cuenta con 20 días hábiles para aprobar o rechazar el registro. En caso de no recibir respuesta, se puede solicitar vía requerimiento. La autoridad, a partir de la recepción del requerimiento, cuenta con tres días para resolver el trámite. Si no lo hace en ese lapso, el registro quedará legalmente aceptado.

Ahora bien, si ya se cuenta con registro en el Repse, es necesario cuidar los siguientes aspectos:

Aspectos repse
  1. Dar siempre a conocer que se tiene el Repse autorizado e incluir el número de registro, así como el folio de las actividades registradas como parte de los contratos de servicios especializados. Dar a conocer dicho registro otorga seguridad a los contratantes de los servicios, asimismo, les permite saber que se cumple con las disposiciones aplicables, que el servicio a prestar o recibir es legal y sin contingencias para los receptores de estos.
  2. Presentar la Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE) ante el IMSS y registrar todos los contratos que se suscriban con motivo de la prestación de servicios especializados. Cabe recordar que, en caso de modificaciones o cambios en los contratos, se deberá hacer la actualización correspondiente en dicha informativa.
  3. Presentar las obligaciones solicitadas por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) a través del Sistema de Información de Subcontratación (Sisub) de manera trimestral e informar cualquier cambio o modificación del registro.
  4. El Repse tiene una vigencia de tres años contados a partir de la autorización del registro y es obligatoria su renovación; en caso contrario, si no se inicia el trámite a tiempo, el registro está sujeto a cancelación; por ende, se debe iniciar el proceso de renovación, al menos, tres meses antes de su vencimiento.
  5. Se tiene la obligación de proporcionar información sobre las obligaciones fiscales relacionadas con los colaboradores y con las operaciones que se tengan al momento de prestar o contratar servicios especializados; por tal motivo, es menester que el prestador envíe la documentación comprobatoria al contratante de las declaraciones mensuales del IVA, donde se vean considerados los pagos recibidos por los contratantes, así como la información relacionada a las retenciones del ISR y el pago de cuotas obrero-patronales de los trabajadores vinculados a la prestación de los servicios especializados.

La reforma a la LFT termina por prohibir el outsourcing, pero también permite la subcontratación de servicios especializados en casos muy específicos.

Repse: obligación que llegó para quedarse

Nos encontramos en las fechas del primer proceso de renovación, y aunque es cierto que la adopción de la obligación ha resultado compleja y con muchos pendientes que se han resuelto en el camino, no es disparatado pensar que, con el tiempo, se pueda evolucionar hacia un esquema más simple de cumplimiento, con información precargada por parte de las mismas autoridades y con la creación de un ambiente digital interconectado.

Es importante asegurarse de que, en ningún caso, el esquema de operación implementado para la prestación de servicios especializados pueda considerarse como reportable o de simulación en perjuicio de tus trabajadores, pues las consecuencias serían graves, desde multas millonarias hasta prisión por el delito de defraudación fiscal.

Conclusiones

La autoridad laboral ha hecho un exhorto general para todos los prestadores de servicios especializados, esto con el fin de alentar el cumplimiento de todos los preceptos inherentes al Repse en pro de la defensa de los derechos de los trabajadores y, con ello, asegurar el correcto pago de beneficios y salarios justos.

Asimismo, se sabe que el Repse es una obligación laboral, pero tiene consecuencias de índole fiscal. No cumplir con lo estipulado en el marco legal aplicable pone en riesgo (para los contratantes de los servicios) las deducciones de los pagos hechos por los servicios especializados contratados para efectos del ISR, así como el acreditamiento del IVA asociado a dichos servicios.icono final


Referencias

  • Gobierno de México, 2024, Ley Federal del Trabajo, 2024, de Cámara de Diputados: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf
  • Gobierno de México, 2024, Ley del Impuesto Sobre la Renta, 2024, de Cámara de Diputados: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR.pdf
  • Gobierno de México, 2021, Código Fiscal de la Federación, 2024, de Cámara de Diputados: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf
  • STPS, s.f., Repse (portal de inicio), 2024, de Repse: https://repse.stps.gob.mx/
  • STPS, 2021, Guía para cumplir con las obligaciones en materia de registro en el REPSE para las personas físicas o morales que ejecuten servicios u obras especializadas, en el marco de la reforma en materia de Subcontratación, 2024, de Repse: https://repse.stps.gob.mx/assets/GUIA_REPSE.pdf


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