ara los usuarios de estados financieros dictaminados, es de suma importancia conocer si estos fueron elaborados correctamente con base en el marco contable seleccionado; por tal motivo, el International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB) dio a conocer, a finales de 2020, tres documentos que buscan cumplir con las expectativas de calidad de los usuarios:
La NIA 220 será aplicable a los trabajos de auditoría de estados financieros efectuados después del 15 de diciembre de 2022, esta norma busca gestionar la calidad a nivel del encargo para obtener una seguridad razonable de que el trabajo efectuado por el auditor se hizo con base en las NIA.
Esta regulación pretende que el socio del encargo se involucre desde que el cliente solicita una propuesta del servicio de auditoría; de cómo definir el procedimiento para aceptar el encargo; efectuar la planeación estableciendo los procedimientos que se aplicarán considerando los riesgos financieros, fiscales y operativos identificados, es decir, indicará cómo debe efectuarse el trabajo.
El socio del encargo debe establecer la oportunidad de los procedimientos que se aplicarán en la revisión, esto es: asignar el equipo que llevará a cabo la tarea (seleccionando al personal de acuerdo con el nivel de experiencia), la determinación de riesgos, supervisión del equipo de trabajo asignado, liderazgo y hasta la emisión del informe.
La NIA 220 indica la manera de empezar a atribuirse a las firmas de auditoría; también instruye cómo aplicarse independientemente cuando son entidades complejas (que requieran de equipos de trabajo con especialización en distintas áreas y que pueden o no pertenecer a la firma de auditoría), así como de entidades consideradas de menor complejidad (en donde el socio del encargo puede llevar a cabo varias funciones).
El socio debe definir cuál será el equipo de trabajo asignado para llevar a cabo la auditoría, así como determinar si se incluye personal que no son socios ni parte de la firma, pero que tienen la experiencia; por ejemplo, en las reformas del Código Fiscal de la Federación aplicables al 2022, solicitan que el socio responsable revise temas fiscales referentes al comercio exterior, lo cual no estaba contemplado en años anteriores; entonces, cuando se hagan trabajos de un dictamen fiscal y que el contribuyente efectúe operaciones de comercio exterior, el socio del encargo deberá incluir en su equipo de trabajo a un experto, el cual puede o no puede trabajar en la firma, sin embargo, su trabajo deberá ser planeado, supervisado y dirigido por el socio responsable.
Las políticas y procedimientos implementados por la firma deben asistir al Sistema de Gestión de la Calidad (SGC), por lo tanto, deben dejar evidencia de:
Cómo se llevó a cabo:
El socio del encargo puede apoyarse en el equipo de trabajo asignado, así como en el personal de la firma para cumplir con todo lo anterior y no perder de vista que es el único responsable de la enmienda.
Los usuarios de los estados financieros dictaminados, como son los accionistas mayoritarios o minoritarios, instituciones financieras, clientes, proveedores, empleados, personas o entidades dispuestas a invertir en la entidad y entidades fiscalizadoras, buscan que la información proporcionada en los estados financieros sea fiable, lo cual les permitirá tomar decisiones con base a información fidedigna.
Entonces, la NIA 220 dará las directrices a las firmas de auditoría, especialmente al socio del encargo, quien para cumplir con el trabajo contratado, debe planear, ejecutar y controlar las actividades, así como establecer, mantener y mejorar un SGC.
Sumado a lo anterior, para medir el cumplimiento, deben establecerse indicadores y tener presente la mejora continua de la calidad, todo esto para dar mayor certeza a los usuarios de la información financiera.
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