n junio el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó, a través de su portal de Internet, la Segunda Versión Anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para este año y sus Anexos 1-A y 14.
Al respecto, destacamos lo siguiente:
Cambio de domicilio fiscalSe reforma esta regla para señalar que quienes cuenten con e.firma podrán llevar a cabo este trámite a través del portal del SAT y sin presentar comprobante de domicilio.
En los demás casos, los contribuyentes deberán ir a las oficinas del SAT con previa cita, cumpliendo con los requisitos señalados en la ficha de trámite 77/CFF, “Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del Portal del SAT o en la Oficina del SAT”, contenida en el anexo 1-A.
Se modifica el artículo 11.° de la RMF de este año para establecer que las personas físicas que tributan bajo el régimen de los ingresos por salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, deberán habilitar el buzón tributario, conforme a las siguientes fechas:
De acuerdo con el artículo 2.° transitorio de la RMF, a los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto les será aplicable, a partir del 1 de enero de 2023, lo señalado en el artículo 86-D del Código Fiscal de la Federación; es decir, una multa que va desde los $3,080 a los $9,250 MXN.
Régimen simplificado de confianzaAquellos que prefieran tributar en este régimen deberán tener e.firma activa a más tardar hasta el 31 de diciembre y los contribuyentes que inicien actividades tendrán que cumplir con esto dentro de los 30 días naturales posteriores a cuando las comenzaron.
Quienes no ejecuten lo antes dispuesto, no podrán tributar en el régimen simplificado de confianza y, para tales efectos, la autoridad asignará al contribuyente el régimen que le corresponda. ![]()
El decreto publicado el 19 de diciembre de 2025 establece estímulos fiscales para regularizar adeudos de agua, predial y multas en la CDMX.
Sergio Alejandro Ríos AlonsoLa preparación y presentación de la ISSIF inciden en la forma en que la autoridad analiza la información fiscal, evalúa riesgos y ejerce sus facultades.
Sergio Nava CamachoLas personas morales residentes en México están obligadas a presentar un aviso en el RFC cada vez que sus socios, accionistas o asociados sean modificados.
Jorge León Manzanilla CañizaresLa evolución del régimen de dividendos en México evidencia un tránsito entre esquemas orientados a mitigar la doble imposición y ajustes normativos.
Paula Isabel Gutiérrez Leal© 2026 Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
Directorio Contacto Aviso legal Acerca de VeritasInicia sesión o suscríbete para continuar leyendo.