l 29 de agosto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la primera versión anticipada de la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 y su anexo 1-A.
Dentro de esta primera versión, observamos las siguientes modificaciones:
Multas susceptibles de reducción, de acuerdo con el artículo 74.° del Código Fiscal de la Federación (CFF)Tratándose de multas originadas por el ejercicio de facultades de comprobación por parte de la autoridad fiscal:
En el caso de multas por incumplimiento a obligaciones fiscales federales distintas a las de pago:
Por otra parte, el pasado 31 de agosto, el SAT publicó el comunicado 041/2022, por el que informa la facilidad a los contribuyentes para reducir hasta en un 100% las multas que tengan por incumplimiento de las declaraciones pendientes en años anteriores a 2022.
Las personas que pueden obtener la reducción del 100% de la multa son las que recibieron notificaciones de requerimiento y de la multa, pero no recibieron requerimiento del cobro de esta; por otro lado, las que recibieron notificaciones de requerimiento, de la multa y también el requerimiento del cobro, podrán obtener una reducción de hasta el 90%. El porcentaje para reducir bajo este segundo supuesto dependerá de la antigüedad con que informó la autoridad fiscal de la multa al contribuyente.
La discrepancia fiscal permite al SAT detectar posibles ingresos no declarados mediante el análisis de las erogaciones realizadas por personas físicas.
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Juan Antonio Castro ChávezLos contribuyentes podrán deducir 100% del monto original de la inversión en bienes nuevos de activo fijo utilizados en la zona del Istmo de Tehuantepec.
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