La autoridad precisó que para emitir un CFDI únicamente se requiere el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal y régimen fiscal, información disponible en la cédula de datos fiscales; asimismo, reiteró que la CSF no tiene vigencia ni es necesaria para el timbrado de nómina.
El 22 de enero de 2026, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) publicó la actualización de los Transfer Pricing Country Profiles, herramienta que permite identificar las principales características de las legislaciones locales en materia de precios de transferencia y su alineación con el principio de plena competencia.
La actualización incluye 81 países y se integra por 46 preguntas relacionadas con las Guías de la OCDE, documentación y ajustes. Ocho jurisdicciones (Bosnia y Herzegovina, Brasil, Costa Rica, Croacia, Islandia, Corea, Grecia y Noruega) reportaron cambios aplicables a partir de 2026, lo que hace necesario evaluar su impacto en las obligaciones de cumplimiento de los grupos multinacionales.
El 24 de diciembre de 2025 se publicó, en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, el decreto LXVIII/RFLYC/0462/2025, mediante el cual se incrementa (de manera temporal) la tasa del Impuesto Sobre Nómina (ISN) del 3 al 4% para los ejercicios 2026 y 2027. Los ingresos adicionales se destinarán a inversión pública productiva y, en su caso, a los fines previstos en la Ley de Disciplina Financiera.
El decreto también modifica la base de cálculo de las contribuciones extraordinarias para proyectos sociales y de seguridad pública, la cual deberá determinarse aplicando las tasas del 10 y 5%, respectivamente, sobre un ISN hipotético calculado al 3%. Adicionalmente, se incrementa la tasa del impuesto universitario del 4 al 6% sobre los impuestos ordinarios, incluido el ISN, precisándose que la tasa del 3% volverá a aplicarse a partir de 2028.
Durante enero de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el SAT publicaron, de forma escalonada, los anexos 1, del 3 al 12 y del 14 al 30 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2026, originalmente emitidas el 27 de diciembre de 2025 y que entraron en vigor el 16 de enero.
Estos anexos actualizan aspectos en materia de formatos, trámites, padrones, clasificación arancelaria, control de inventarios, rutas fiscales, regímenes aduaneros y el funcionamiento del Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías, por lo que su revisión resulta indispensable para las empresas con operaciones de comercio exterior.
Con la incorporación del anexo 28 a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), se actualiza de manera significativa el régimen del Estándar para el Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras, sustituyendo al anexo 25 bis y alineando la normativa mexicana con los cambios al Estándar Común de Reporte (CRS, por sus siglas en inglés) publicados por la OCDE en 2023.
Entre los principales ajustes se encuentran la ampliación de la información obligatoria a reportar, el fortalecimiento de los procesos de debida diligencia, los plazos para la revisión de cuentas preexistentes, la incorporación de nuevas categorías de cuentas excluidas y las modificaciones relevantes a definiciones clave, lo que obliga a las instituciones financieras a actualizar sus sistemas, procedimientos y controles de datos.
El criterio del SAT respecto a la improcedencia de exigir la CSF para la emisión de CFDI obliga a ciertos contribuyentes a ajustar sus procesos administrativos, ya que la exigencia de este documento puede dar lugar a sanciones económicas.
Ahora bien, la actualización de los perfiles de países de la OCDE en materia de precios de transferencia refuerza la necesidad de anticipar ajustes en obligaciones de documentación y mitigación de riesgos fiscales.
Por su parte, el incremento temporal del ISN en Chihuahua, así como la modificación en la mecánica del cálculo de las contribuciones extraordinarias, implican un aumento en la carga fiscal, por lo que resulta indispensable revisar la correcta determinación del gravamen y su impacto en los costos laborales durante 2026 y 2027.
En tanto, la publicación de los anexos de las RGCE para 2026 obliga a las empresas a verificar su cumplimiento para evitar contingencias en revisiones y actos de fiscalización aduanera.
Asimismo, la implementación del CRS 2.0, mediante el anexo 28 de la RMF, eleva el estándar de reporte, exigiendo a las instituciones financieras fortalecer sus sistemas, controles internos y calidad de la información reportada.
La LISR permite deducir créditos incobrables, siempre que se cumplan formalidades según el monto y que se documente la imposibilidad de cobro.
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Juan Carlos Bojorges PérezEn la LIF 2026 se prohíbe a aseguradoras acreditar el IVA en indemnizaciones, un cambio significativo que impactará en el costo de las primas de seguros.
Federico Tercero Garza Torres, Ana Karen Alomía Castelo© 2026 Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
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