La modificación principal consiste en la precarga de información del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), tanto del tipo de ingreso como de pago, así como de los Complementos de Recepción de Pago (CRP). Es importante destacar que, actualmente, la autoridad permite a los contribuyentes realizar modificaciones a la información precargada.
Es fundamental tener presente que, debido a prácticas indebidas en materia laboral y fiscal, la reforma laboral de 2021 prohibió la figura del outsourcing en nuestra jurisdicción, introduciendo, en su lugar, la subcontratación especializada. Esta modificación generó diversas controversias debido a la magnitud del cambio en el ámbito laboral y fiscal.
Debido a prácticas indebidas en materia laboral y fiscal, la reforma laboral de 2021 prohibió el outsourcing en la jurisdicción nacional.
Es importante tener presente que en marzo iniciarán los procesos de renovación del registro en la plataforma del Repse; los contribuyentes que opten por prestar servicios especializados deben actualizar su registro para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. Del mismo modo, los contribuyentes que realicen operaciones con estos proveedores de servicios deben asegurarse de que estos cumplen con todos los requisitos necesarios, esto para tener la posibilidad de deducir dichas erogaciones en materia del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
La autoridad fiscal busca que la información que sustenta la devolución de saldos a favor o pagos de lo indebido se respalde con operaciones existentes.
José Luis Sánchez GarcíaEl IMSS puede revisar las declaraciones de riesgo de trabajo, rectificar el cálculo efectuado por el patrón y notificar la prima de riesgo correspondiente.
Luis Antonio Vilchis RivasLa sucesión testamentaria debe acompañarse de una planeación patrimonial a fin de anticipar implicaciones legales y fiscales para las partes involucradas.
Jorge Téllez Salgado, Salvador Natanael García LozadaSe debe llevar un control del uso de recursos obtenidos mediante financiamiento para demostrar al SAT que el dinero se utilizó en el desarrollo del negocio.
Eduardo Estrada Borja© 2025 Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
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