La emisión de estos documentos obedece a la necesidad de alinear las normas particulares de presentación y revelación aplicables a los estados financieros con las correspondientes Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS, por sus siglas en inglés) que entrarán en vigor en enero de 2027.
Se propone ampliar el alcance de esta norma para incluir los requerimientos generales de presentación y revelación a los que debe atenderse en la preparación de los estados financieros, entre los que se pueden mencionar las normas para la agrupación y separación de partidas, así como para la selección de políticas contables importantes.
Actualmente, la NIF B-1 establece el tratamiento de los cambios en una norma particular. Se propone su modificación para ahora referirse a cambios en políticas contables, considerando que este es un concepto más amplio, ya que, además de incluir el cambio en una NIF particular, también abarca las modificaciones en criterios particulares que una entidad ha definido para la emisión de estados financieros.
Por otro lado, se mantienen las normas actuales para el tratamiento de cambios en estimaciones contables, así como para la corrección de errores en los estados financieros de periodos anteriores.
El cambio más importante que se está proponiendo es modificar la estructura del estado de resultado integral para agrupar los ingresos, costos y gastos en alguna de las cinco categorías siguientes:
De esto, es importante resaltar que la categoría de inversión es nueva y la de financiamiento deberá incluir sólo ingresos, costos y gastos relacionados con actividades de financiamiento.
Se propone que las nuevas NIF B-1 y NIF B-3 entren en vigor a partir del 1.° de enero de 2028, con aplicación anticipada permitida para el 1.° de enero de 2027. Los proyectos de estas normas estarán en auscultación del 31 de julio al 31 de octubre de 2025 y pueden encontrarse en la página del CINIF (www.cinif.org.mx).
La NIF D-5 del CINIF es una norma aplicable a donatarias autorizadas cuando se encuentren en los supuestos de tener uno o varios arrendamientos.
César Daniel Pérez CastroSegún las NIF, la aplicación del juicio profesional implica medir resultados, analizar consecuencias, proteger a la entidad y revelar la realidad.
Juan Carlos Bojorges PérezLa NIF A-2 del CINIF establece que la información de una entidad debe prepararse sobre la base de que es un negocio en marcha, salvo prueba en contrario.
Elsa Beatriz García BojorgesDado su propósito, las entidades con propósitos no lucrativos no poseen capital contable, pues no buscan generar utilidades para socios o accionistas.
Abraham Halild Barbeyto Wever, Sergio Sánchez Arciniega© 2025 Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
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