No obstante, hay conclusiones con las que podemos implementar estrategias que nos ayuden a cumplir con los objetivos primarios del control interno: salvaguardar los activos, adherirse a las políticas, obtener información financiera para la toma de decisiones y promover la eficiencia operacional. A ello se deben sumar los nuevos objetivos que han sido planteados en este espacio en ediciones anteriores: proporcionar certeza en el cumplimiento de todo tipo de regulaciones aplicables, proteger los sistemas y todo tipo de información electrónica, evaluar y gestionar los riesgos a los que se enfrenta la entidad, así como desarrollar una cultura de actuación ética dentro de la organización.
Adicionalmente, se deben considerar los siguientes factores en torno a la autoridad hacendaria:
Por otro lado, se señalan cambios en los procesos de defensa, restricciones en el uso de amparos y exigencias mayores en el otorgamiento de las garantías de los créditos tributarios que lleven a procesos de litigio, entre otras reformas.
El interés de este espacio no es realizar un examen exhaustivo o técnico de la reforma fiscal, sino proponer un cambio de pensamiento a fin de fortalecer a las empresas desde la mejora de su control interno (como se sugirió al inicio). No será una tarea fácil, pero se vuelve necesaria.
Son muchas las actividades que es necesario implementar; asimismo, es necesario diseñar nuestras estrategias de negocio. Aquí proponemos trabajar en cuatro acciones que podrían ser un comienzo; aunque parecieran repetitivas algunas de ellas, cada una tiene enfoques y resultados distintos:
Vale la pena aclarar que no es que se esté de acuerdo con el contenido de la reforma; hay muchos puntos en el contenido actual de las leyes que, desde un punto de vista particular, no son los más indicados; sin embargo, lo que ya existe en la ley es lo que se vuelve necesario entender; asimismo, se deben asumir los cambios para proteger la continuidad de los negocios. Lo principal es cambiar pensamientos o ideas que han perdido vigencia.
En referencia a la conocida frase de Albert Einstein, me permito afirmar que “sólo lograremos resultados distintos haciendo cosas distintas”.
De acuerdo con la SCJN, el derecho a intereses sólo existe cuando la sentencia reconoce de fondo el pago indebido y ordena su devolución al contribuyente.
Eduardo Sánchez LemoineLa Constancia de Residencia Fiscal es indispensable para acceder a beneficios de los tratados y evitar la doble imposición en operaciones internacionales.
José Miguel Echenique Güemes, Héctor Pietrini SánchezLa falta de trazabilidad y control documental en la fiscalización electrónica incrementa el riesgo fiscal, administrativo y penal para las empresas.
Alejandro Méndez RuedaPermanecer en el Resico exige disciplina, pues incumplir reglas implica la expulsión al Régimen General, con impuestos de hasta 35% y efectos retroactivos.
Arantza Gómez Iturriaga© 2026 Colegio de Contadores Públicos de México, A.C.
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