Integrante, Comisión T. de Comercio Exterior
Socio en Landeros, Castro y Mancera, S.C.
Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y contador público por la Universidad Autónoma de Aguascalientes. Cuenta con más de 25 años de experiencia en asesoría, apoyo durante fiscalización y defensa a empresas nacionales y multinacionales.
Socio en Landeros, Castro y Mancera a cargo de la práctica fiscal y de comercio exterior, así como miembro de la comisión de Comercio Exterior en el Colegio de Contadores Públicos de México. Ha formado parte de Chevez Ruiz Zamarripa, Deloitte y de la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM). Ha sido partícipe en proyectos con las administraciones de normatividad internacional y de fiscalización internacional adscritas a la Administración General de Grandes Contribuyentes del SAT.
Ha participado en cursos, diplomados y eventos académicos relacionados con las áreas de su competencia y en materia energética; además, ha impartido clases a nivel licenciatura y maestría. Es coautor de los libros Aspectos relevantes del comercio exterior para contadores y Gestión de riesgos aduaneros; asimismo, ha escrito artículos para las revistas Puntos Finos, Consultoría, Veritas y Práctica Fiscal.
El importador puede efectuar la rectificación de pedimentos con pagos indebidos, pero el SAT establece casos en los que se le debe solicitar autorización.
Las empresas IMMEX deben tener un sistema de control automatizado que asegure la correcta gestión de inventarios y transparencia ante la autoridad aduanera.
En el comercio electrónico, los artículos provenientes del extranjero deben ser importados de forma legal antes de entregarse al comprador mexicano.
Cumplir con la normatividad para obtener de manera oportuna y suficiente la evidencia que sustente el valor de aduana evita sanciones de montos significativos.
El compliance aduanero es altamente recomendable, pues las organizaciones deben implementar medidas continuas para identificar y mitigar riesgos en las operaciones de comercio exterior.
Es responsabilidad del agente aduanal la actividad exhaustiva y diligente para cerciorarse que el contribuyente cumple cabalmente con las regulaciones y restricciones no arancelarias.
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